IPS reconoce reposos de sanatorios privados previa visación del ministerio

El ingeniero Carlos Cabral, director de Riesgo Laboral y Subsidios de reposos del Instituto de Previsión Social (IPS), informó que el IPS reconoce los reposos de pacientes en hospitales privados, pero estos tienen un trámite previo de visación a través del Ministerio de Salud. Le explicamos cómo realizarlo.

IPS reconoce reposos otorgados en sanatorios privados, previo trámite de visación ante el Ministerio.
IPS reconoce reposos otorgados en sanatorios privados, previo trámite de visación ante el Ministerio.Susana Acuña, ABC TV

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Nos encontramos en plena epidemia del dengue y muchos son los asegurados del IPS que recurren de urgencia a centros privados, pero luego necesitan que sus reposos sean pagados por la previsional.

Es por eso que el ingeniero Carlos Cabral, director de Riesgo Laboral y Subsidios de reposos del Instituto de Previsión Social (IPS) explicó en contacto con ABC Cardinal que IPS sí reconoce cuando un reposo es expedido en un centro externo al IPS.

El trámite consiste en que el asegurado, o un tercero con una autorización simple, concurra al Ministerio de Salud, específicamente al Centro de Control de Reposos (Brasil y Pa’i Pérez, Asunción). Allí tiene que visar ese reposo, pues el Ministerio debe certificar que el profesional médico que expidió ese certificado está habilitado para hacerlo. El trámite tiene un costo de G. 10.000.

Con ese certificado visado y una copia de cédula del titular del seguro, se concurre a la oficina de la sección Salud Laboral en Pa’i Pérez y Pettirossi, edificio Boquerón. Allí se hace la transcripción del reposo.

Es importante tener en cuenta, recordó Carlos Cabral, que hay un plazo de un año para solicitar el pago de un subsidio. “Una cosa es el reposo, parte de tratamiento médico que indica un profesional. Pero ese reposo tiene que ser cubierto con una prestación económica llamada subsidio, y ese es el que tiene un plazo para su gestión, que es de un año a partir de la fecha de expedición del reposo”, explicó el funcionario.

Aclaró que el sistema corre para todos los trabajadores sin distinción.

El trámite de gestión de un reposo, según Cabral, dura entre 15 y 20 días.

El reposo por enfermedad se paga en el IPS a partir del segundo día, y en un 50% del salario promedio diario de los últimos cuatro meses anteriores a la discapacidad que presente el paciente, aclaró el director de Riesgo Laboral y Subsidios de reposos IPS.

Protocolo para terapia intensiva

En el caso de los asegurados que está en terapia, la empresa no paga el salario, sino que este dinero tiene que estar cubierto por el IPS.

“La empresa tiene la obligación de tenerlo hasta que el IPS se pronuncie y diga que la persona está totalmente incapacitada. Una vez que se pronuncie, la empresa tiene la libertad de darlo de baja sin la obligación de pagar indemnización”, explicó Cabral.

Los reposos por enfermedad se pagan por un plazo máximo de 180 días. Si pasa de ese tiempo, si la persona no se recupera, una junta médica debe dictaminar si el asegurado estará discapacitado de manera temporal o permanente.

Un dato importante es que el IPS no contempla la devolución de aporte en su carta orgánica.

Muchos no pasan a cobrar reposos

El funcionario aprovechó para recordar que hay muchos reposos pendientes del ejercicio fiscal 2019 que se pagan a través del Banco Nacional de Fomento y que están disponibles para unos 30.000 asegurados, que no se están acercando a cobrar en ventanilla.

Resaltó que son casi G. 5.000 millones y que si no pasan a cobrar hasta el 28 de febrero, ese dinero retorna al IPS.

“Así ya queda cancelado el recurso de 2019 y para poder pagarlo hay que pedir autorización de nuevo a Hacienda para el presupuesto 2020”, comentó.

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