Fallo sin efecto práctico: revocan salida transitoria a exmaestra condenada por abuso

Una cámara de apelaciones revocó la salida transitoria otorgada por un juzgado de ejecución a una exmaestra condenada a cinco años y medio de prisión por abuso sexual en niños. Pero este fallo no tendrá efectos reales, ya que el beneficio fue solo por 45 días y durante todo ese tiempo la medida se cumplió de forma efectiva y la mujer pudo salir de la cárcel los fines de semana.

Sonia Felisa Cáceres de Paredes (de anteojos), en el evento de ayer en el Buen Pastor.
Sonia Felisa Cáceres (de anteojos), en un evento en septiembre en el Buen Pastor.Archivo, ABC Color

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El Tribunal de Apelación conformado por los camaristas Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Cristóbal Sánchez revocó el beneficio de la salida transitoria a Sonia Felisa Cáceres de Paredes (50), quien cumple en el Buen Pastor una condena por abusar de una niña de preescolar en una escuela en 2010, informó la periodista de ABC Color Marcia Ferreira.

No obstante, el fallo de la Cámara no tendrá un efecto real, ya que la jueza de ejecución penal Mercedes Carolina Aguirre Ugarte había establecido un periodo de prueba de 45 días y la salida transitoria se cumplió ya entre mayo y julio. Durante ese periodo de tiempo se le autorizó a la mujer a salir de cárcel los viernes a la tarde y regresar al penal los días domingo a las 18:00, beneficio que la reclusa usufructuó sin impedimentos.

La fiscala de ejecución María Lina Naumann presentó apelación en tiempo, pero el trámite para que el expediente suba a la cámara de apelaciones se demoró. Se estudió recién en este octubre, cuando la condenada ya no tenía el beneficio de la salida transitoria por terminarse el periodo otorgado por el juzgado. Ahora, otra vez, permanece en prisión los fines de semana.

En su apelación, la agente fiscal había detallado que de acuerdo al cómputo de la condena (que va hasta el 11 de mayo de 2022), Sonia Felisa Cáceres podía solicitar su salida transitoria recién a partir del 11 de agosto de 2019, pero la obtuvo meses antes.

Y a pesar de que la resolución del Tribunal de Apelaciones no tiene efectos prácticos, confirma que desde un inicio la salida transitoria fue irregular. El juez Delio Vera explicó que no se cumplieron dos de los cuatro requisitos para otorgar este beneficio. Explicó que no había informes que acrediten la buena conducta de la condenada ni tampoco los informes del organismo técnico criminológico que fundamente la razón de la salida transitoria.

Debido a la falta de estas documentaciones que la ley de ejecución penal exige para otorgar la medida, los camaristas dieron lugar a la apelación y revocaron la decisión de la jueza Mercedes Carolina Aguirre.

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En una oportunidad, la jueza fue abordada por un equipo de ABC TV sobre el fundamento de su fallo, pero no quiso responder argumentando que la causa ya no está a cargo de ella.

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