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Según el juez Ercolini, desde al menos 2016 hasta agosto de 2024, Alberto Fernández habría explotado la situación de vulnerabilidad de Yañez. Según el procesamiento, el ex Presidente ejerció violencia psicológica continua contra Yañez, manifestada en acoso, hostigamiento, controles y maltratos.
A partir de la evidencia presentada, se concluyó que la relación estaba marcada por violencia habitual y constancia de actos violentos. No resultaron suficientes los argumentos de Fernández el 4 de febrero, cuando negó haber ejercido control sobre Yañez. Alegó que si alguien fue agredido, fue él mismo, sugiriendo que Yañez se volvía violenta bajo la influencia del alcohol. Sin embargo, la resolución del juez, basada en intercambios de WhatsApp, sugiere que Fernández no negó directamente su implicación en las escenas de violencia.
Ercolini destacó que en los mensajes, pese a los intentos previos de desvirtuar los hechos, Fernández reconoció situaciones de violencia que Yañez mencionaba. Así, los mensajes reforzaban la narrativa de una relación plagada de abuso psicológico.
Relación asimétrica de poder
El juez consideró que la violencia de género debe analizarse dentro de un contexto de poder asimétrico entre ambos. Alberto Fernández, con un historial prominente como político y funcionario, establecía una posición de dominio que contrastaba con el perfil más discreto de Yañez. Esta dinámica, señala la sentencia, fue determinante en la aparición de violencia desde 2016.
Recordemos que Fabiola Yañez comentó que Fernández “infunde miedo entre la gente debido a su poder”, sugiriendo que su influencia y conexiones influyeron en la escalada de eventos conflictivos.
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Aumento de control y acoso
En este proceso, se registraron patrones de control y acoso. Un informe demuestra que de 1845 llamadas cruzadas, 1622 fueron hechas por Fernández. Durante junio de 2016, las llamadas se intensificaron, lo que evidencia un comportamiento obsesivo y controlador. Fernández argumentó que sus propósitos no eran de vigilancia, sino de asegurar el bienestar de Yañez, pero Ercolini consideró lo contrario.
La acumulación de evidencias —fotos, videos, registros de actividad oficial— junto con la declaración indagatoria, llevaron al juzgado a confirmar que Fernández ejerció diferentes tipos de violencia desde los inicios de su relación.
La investigación demostró la violencia psicológica, física y económica sufrida por Yañez, según la ley 26.485 de Protección Integral a la Mujer. La relación de poder asimétrico fue un factor fundamental en la manifestación de diversos tipos de violencia a lo largo de los años. La acusación fiscal señaló que Fernández utilizó métodos de control y hostigamiento, afectando el bienestar de Yañez desde el comienzo de su relación.
Fuente: Clarín