El objetivo, según el mandatario, es impedir que “nunca más los recursos del Ecuador sean destinados para aquellos que ven en una candidatura política un negocio”, informó en un comunicado la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia.
Su iniciativa propone reformar los artículos 110 y 115 de la Constitución. El primero de ellos que reza sobre la posibilidad de que los partidos y movimientos políticos se financien bajo iniciativa propia y, si cumplen ciertos requisitos como su posición en comicios, reciban “asignaciones del Estado sujetas a control”.
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El artículo 115 de la Constitución se refiere a que el Estado garantiza la pauta en los medios de comunicación para que las organizaciones políticas debidamente inscritas promuevan sus propuestas programáticas y publicidad en televisión, radio y prensa.
La ley establece actualmente que “los sujetos políticos no podrán contratar publicidad en los medios de comunicación” y que se “prohíbe el uso de los recursos y la infraestructura estatales, así como la publicidad gubernamental, en todos los niveles de gobierno, para la campaña electoral”.
Noboa sostuvo que su reforma “busca evitar el mal uso de los recursos públicos que son otorgados a los candidatos y que históricamente no han sido debidamente justificados”.
“Estos fondos que antes eran destinados a quienes solo buscaban aprovecharse de esta asignación, podrán ser otorgados a otras áreas como salud, educación, seguridad”, se precisó en el escrito oficial que no nombra a ningún grupo político o candidato de haber incurrido en ese tipo de falta.
La iniciativa presidencial, no obstante, garantiza el mecanismo de debate entre los candidatos, para que ellos presenten sus planes de trabajo en esos espacios de diálogo.
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La reforma, según la Presidencia, “no afectaría las próximas elecciones” generales de 2025, donde el mismo Noboa se ha postulado a la reelección.
La Secretaría de Comunicación de la Presidencia indicó que la iniciativa planteada por el mandatario ha sido enviada a la Corte Constitucional para “un control previo del procedimiento de reforma parcial a la Constitución”, y que luego pasaría a tramitarse en la Asamblea Nacional (Parlamento).
La ley ecuatoriana establece límites de gastos para los sujetos políticos y asigna montos para la financiación de los movimientos o partidos que integran el registro electoral.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó recientemente el límite del gasto electoral para los comicios generales de febrero próximo.
Dicho monto es el máximo permitido para que las organizaciones políticas financien por iniciativa propia sus actividades proselitistas (mítines y material de propaganda, entre otros), que no implique la contratación de publicidad en medios de comunicación.