El allanamiento de la cantera estuvo a cargo de la fiscal Zunilda Ocampos Marín, quien ordenó el cese inmediato de las actividades, mientras el Juzgado de Garantías resuelve sobre el pedido de clausura definitiva del local. La denuncia fue presentada por el intendente municipal de Presidente Franco, ingeniero Roque Godoy, en representación de vecinos afectados por las operaciones de la cantera denominada “Itaami”, la cual se encuentra colindante con el río Monday.
En el marco de la investigación del caso, una comitiva del Ministerio Público realizó un allanamiento en el inmueble en cumplimiento de un mandamiento judicial, donde los intervinientes fueron recibidos por el propietario, Miguel Ángel Ohara. Durante el operativo, las autoridades, junto al técnico ambiental de la Dirección Especializada en Delitos Ambientales, procedieron a la verificación in situ del predio.
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En el lugar se constató la existencia de dos frentes de cantera, de los cuales se extrae roca ígnea tipo basalto. Estas explotaciones, iniciadas en épocas anteriores, se hallan muy próximas al margen izquierdo del río Monday. La primera cantera presenta una dimensión aproximada de 50 metros de largo por 50 metros de ancho, con una altura de 3 metros. La segunda mide aproximadamente 150 metros de largo, 100 metros de ancho y 4 metros de profundidad.
La extracción de material se realizaba mediante detonaciones con explosivos, seguidas por el seccionamiento manual de bloques utilizando mazos, picos y cinceles. Se verificó que en dichas tareas participan lugareños de la zona. Asimismo, en otra área del inmueble, se detectó la existencia de una zona de donde se extrae suelo laterítico utilizando maquinaria, específicamente una pala cargadora. Esta actividad estaría afectando los límites de la franja de protección del curso hídrico correspondiente al río Monday.
No contaba con documentaciones
Además de las irregularidades mencionadas, se constató la total ausencia de documentación habilitante exigida por la normativa vigente, tales como autorización para el uso de explosivos; inscripción y habilitación expedida por la Dirección de Material Bélico (Dimabel); así como el permiso correspondiente para la explotación de canteras, emitido por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, a través de la Dirección de Recursos Minerales.
Atendiendo a los elementos verificados, a lo informado por el técnico ambiental del Ministerio Público y a la falta de los documentos necesarios para la implementación legal del proyecto, la fiscal Ocampos solicitó al Juzgado la clausura de la cantera, conforme a lo establecido en el artículo 201 del Código Procesal Penal.