Una solución para “la peor ley”

Días atrás, un sindicalista calificaba el Fonacide como “la peor ley de los últimos tiempos”. De hecho, varias irregularidades surgieron a pesar de que la normativa, en su esencia, pretendía lograr “la excelencia educativa”.

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Eladio Benítez, representante de la Unión de Educadores del Paraguay (UNE), con sus expresiones se hacía eco del descontento generalizado que existe actualmente respecto a la Ley Nº 4.758/12, que implementa el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide). El dirigente sindical exigía, como consecuencia, su inmediata modificación.

“Estaremos reclamando la modificación de la Ley de Fonacide que, realmente, es la peor ley que se ha aprobado en los últimos tiempos y que está perjudicando seriamente a la educación. La inacción del Ministerio de Educación y del Poder Ejecutivo es lamentable”, puntualizó.

Un día después, en el marco de la huelga general del 26 de marzo, estudiantes secundarios y universitarios también se mostraban en contra del mal manejo del dinero -proviniente de regalías de Itaipú- a través de pancartas que llevaban inscripciones como: “¿Dónde está el dinero de Fonacide?”, entre otras.

En ese sentido, el investigador experto en cuestiones educativas Luis Ortiz Sandoval considera que esta normativa y su aplicación “adolecen de serias contradicciones que vuelven tan necesarias como urgentes su revisión y reforma en el corto plazo”.

El estudioso habla de tres contradicciones (o límites) que serían los puntos débiles en la legislación:

“El primer límite concierne a la finalidad de la normativa, lo que los juristas denominan el espíritu de la ley, que en su formulación apuntó al desarrollo de la infraestructura educativa en condiciones insuficientes. El segundo límite involucra el criterio de asignación, distribución y transferencia de los fondos. El tercer límite resguarda las competencias institucionales para la gestión de la adecuación de la infraestructura”.

A criterio de Ortiz, la política pública se tradujo en la práctica en una confusión de criterios para la identificación de requerimientos, la distribución de competencias y la ejecución:

“Lo que nos muestra que sólo las buenas intenciones no bastan como guía de implementación de proyectos de envergadura cuya naturaleza involucra una complejidad de elementos y factores, que necesariamente se deben considerar en su formulación”, argumenta.

La Ley 4.758/12, que implementa el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide), estipula que una parte de los fondos previstos debe asignarse a la infraestructura educativa pública. En tanto, el artículo tercero establece en su inciso c) que un 25% del Fondo será destinado a Gobernaciones y Municipios; en el artículo cuarto dispone que un 50% de dichos recursos sea destinado a infraestructura del sistema educativo público.

De acuerdo con Ortiz, el criterio de asignación y distribución de los fondos “debe ser modificado para que la inversión en adecuación de las instalaciones y en desarrollo técnico sea mayor y mejor, atendiendo a cuatro dimensiones: la construcción y refacción de la infraestructura, su mantenimiento, su equipamiento y el desarrollo de las capacidades”.

En cuanto a la tercera contradicción, referente a las competencias institucionales otorgadas a cada uno de los 246 municipios del país y gobernaciones, Ortiz considera que este hecho indica no solamente la baja inversión de los fondos para infraestructura educativa a nivel nacional -a casi dos años de la adopción de la ley- sino que también en la gestión pública municipal, en afinidad con el laissez faire (libertad) facilitando el patronazgo y clientelismo locales, lo cual “derivó en agudizar el problema que se buscaba solucionar. Además, instaló el riesgo de un bloqueo corporativo a la reforma al otorgar a los poderes locales recursos que no estarán muy complacientes en soltar”.

Afortunadamete, tras los reclamos, el gobierno de Horacio Cartes ya demostró la voluntad de cambiar el contenido de la ley, lo cual -según Ortiz- debería realizarse bajo las siguientes premisas:

1. Que la asignación de los recursos se efectúe a partir de diagnósticos objetivos.

2. Que se establezcan criterios objetivos de priorización, atendiendo a las inequidades socio-espaciales del país, las características físicas de los establecimientos educativos y los perfiles socio-demográficos de los municipios.

3. Que la entidad rectora -el MEC- tenga un alto protagonismo en todo el ciclo de la política pública, desde el diagnóstico y el diseño hasta la ejecución y el monitoreo, sin perjuicio respecto a que los municipios cumplan funciones específicas y relevantes acompañadas de recursos.

Con estas prioridades propuestas por Ortiz podrían eliminarse las lagunas existentes en esta legislación, cuyos fondos -por las irregularidades encontradas- no fueron destinados precisamente a la educación en sí, sino que, una vez más, a “las necesidades” de las autoridades de turno, resultando víctimas, en su mayoría, niños de escasos recursos cuyas voces tenues son apenas audibles por aquellos que tienen en sus manos la posibilidad de cambiar su futuro y, por ende, el de todos los paraguayos.

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