Reforma judicial: la hoja de ruta que falta

A partir de esta importante decisión (dejar de manejar dinero y nombramientos) ninguna plenaria de la máxima instancia judicial debe dedicar más del 10% del tiempo a tomar decisiones referentes a la política económica y administrativa del Poder Judicial; la prioridad deben ser las cuestiones institucionales, debe ser devolver a la ciudadanía la credibilidad a través de fallos impecables que hablen de la honestidad, de la probidad y de la seguridad que nos permita concluir que vivimos en un estado de derecho donde la ley se aplica a gobernantes y gobernados.

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Un nuevo código de organización judicial:

Son cosas de nuestra paraguayidad (supongo) pues racionalmente resulta inexplicable que como punto de “referencia” para el funcionamiento estructural y programático del Poder Judicial sigamos haciendo remisión a una ley del año 1981. En efecto la Ley 879/81 es la que aprueba el Código de Organización Judicial.

Esta normativa preconstitucional es la que regula el funcionamiento institucional del Poder Judicial (competencia de juzgados, jurisdicciones, rematadores, oficiales de justicia, notarios y escribanos públicos etc.) obviamente a estas alturas del campeonato con una nueva Constitución y varios cambios legislativos posteriores; este conjunto normativo es obsoleto y no responde a las demandas sociales convirtiéndose en el principal obstáculo para cualquier intento de modernización del Poder Judicial.

Conclusión: Necesitamos cambiar el Código de Organización y soñar con un cuerpo normativo a la vanguardia de los cambios que implora el país.

Hay que decir que algunos anteproyectos están dando vueltas en el Congreso desde hace algunos años y otros han sido elaborados por organizaciones de la sociedad civil, es decir, ni siquiera es tan difícil empezar pero obviamente para que este proceso avance la Corte Suprema de Justicia debe estar interesada en impulsarlo (estos Ministros no lo harán).

Desprender instituciones extrajurisdiccionales de la dependencia del poder judicial: Registros Públicos y del Automotor

La Dirección General de los Registros Públicos que comprende los registros de inmuebles, buques, aeronaves, marcas y señales, prendario, personas jurídicas y asociaciones, público de comercio, poderes, propiedad intelectual, quiebra, agrario, interdicciones, entre otros; y la Dirección Nacional del Registro del Automotor funcionan bajo la dependencia orgánica y administrativa del Poder Judicial.

La función que cumplen estas instituciones públicas está contenida en su propia denominación: es registral, vale decir, su esencia no es jurisdiccional motivo por el cual no existiría ningún inconveniente para desprender a estas mega-estructuras (y hasta soñar con un mejor servicio de las mismas) y apartarlas de la delicada función de administrar justicia que debe cumplir el Poder Judicial.

No hay mucho más que decir en este tema: sólo falta voluntad política y una sana comprensión de nuestra realidad, puesto que, la Corte Suprema de Justicia ha convertido a los Registros Públicos de nuestro país en una tonelada desorganizada de papeles y en un calvario para quienes necesitan consultar alguna información registral.

Carrera judicial amplia:

La carrera judicial podemos definirla como el sistema que regula el ingreso, permanencia, promoción, ascenso, capacitación, disciplina y otras actividades de jueces y magistrados, cualquiera que sea su categoría o grado, con el fin de garantizar su dignidad, independencia, y excelencia profesional en el ejercicio de su función jurisdiccional.

Nuestro país no cuenta con una carrera judicial; el intento más cercano es la Escuela Judicial que actualmente ofrece un curso de especialización a las personas que deseen realizarlo independiente que sean o no integrantes del Poder Judicial.

El nuevo sistema de selección de magistrados otorga una puntuación adicional a quienes hayan egresado de la escuela judicial pero no es un requisito excluyente para pugnar por un cargo dentro de la magistratura judicial.

La capacitación permanente e idoneidad de los magistrados es un derecho de la ciudadanía motivo por el cual es imperioso instaurar una CARRERA JUDICIAL que contemple aspectos integrales, actualmente, confinados.

La Escuela Judicial depende del Consejo de la Magistratura, sin embargo, es el Poder Judicial la institución que debe asumir como responsabilidad permanente e indelegable la formación y capacitación de sus funcionarios en general; incluyendo en el proyecto a los de menor jerarquía (oficiales de secretaría, actuarios etc.); es por eso que hablamos de una CARRERA JUDICIAL AMPLIA que no incluya únicamente a los magistrados sino a todo aquel funcionario que integre el Poder Judicial.

Modernizar: uso de nuevas tecnologías

El sistema actual de gestión de despachos padece una enfermedad terminal; está caracterizado por la escrituración excesiva, la burocracia, la lentitud y la fragilidad; todo abona la corrupción.

Brasil, Uruguay, Chile y otros países con justicias que gozan de confiabilidad hace décadas han apelado al método de los denominados “EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS” la litigación es realizada vía internet y es presencial en contados actos.

El modelo tiene más ventajas que desventajas: es más barato, más rápido, más transparente y más efectivo.

Paraguay tiene una baja tasa de litigiosidad y el mayor número de jueces asignados por habitante de toda la región, sin embargo, la mitad de los funcionarios no cuenta con una computadora para cumplir con sus funciones.

Los cambios que debemos implementar en nuestra justicia deben ser dramáticos, drásticos y no simples “maquillajes” o “parches” que es como hasta ahora ha trabajado la Corte Suprema de Justicia.

Conclusión:

La hoja de ruta es importante y nuestras autoridades tienen la obligación de dejar la especulación de lado y mostrar con claridad sus intenciones y la manera de lograr la concreción de las mismas (en el caso que les preocupe verdaderamente la justicia).

Esperemos que los partidos políticos con representación parlamentaria sienten posición y nos digan de una buena vez ¿qué entienden por reforma judicial?

Si no lo hacen en breve tiempo es porque únicamente nos están tomando el pelo o utilizando el tema como un “elemento distractor” que desvíe la atención de lo importante: su pésima gestión, sus pocas ganas de ayudar al crecimiento del país y los innumerables hechos de corrupción en los cuales se ven envueltos sus “líderes”.

* Presidenta de la Coordinadora de Abogados del Paraguay

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