Reactivan caso de reclutamiento de mujeres a Turquía

El juez penal José Agustín Delmás reactivó días pasados el expediente de un proceso abierto por reclutamiento de mujeres para enviarlas a Turquía y otros países de Europa, donde fueron convertidas en esclavas sexuales. El magistrado revivió el caso al ratificar la prisión de una de las personas sindicadas de reclutar a sus congéneres para obligarlas a trabajar en burdeles turcos tras engaños y promesas de sueldos millonarios. La decisión del juez posibilitó conocer nuevos detalles de la ilicitud y permite tomar nuevas medidas, según fuentes del Ministerio Público.

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Más de una veintena de jóvenes paraguayas de 18 a 26 años de edad fueron llevadas bajo engaño como esclavas sexuales a Turquía, Chipre y España, entre los años 2012 y 2013. Con la ayuda de la Policía alemana, agentes españoles y el Ministerio Público de Paraguay se logró desbaratar tres organizaciones criminales de trata de personas que operaban en esos menesteres.

La fiscala Teresa Martínez encabezó las investigaciones y logró rescatar a doce mujeres de las 24 que fueron llevadas a burdeles de aquellos países.

Los reclutadores de mujeres ofrecían trabajar en bares, tiendas y cafeterías con salarios millonarios y las víctimas eran generalmente de localidades del interior del país.

Las jóvenes mujeres recibían promesas de trabajos fabulosos y sueldos millonarios en Madrid y Estambul, hasta donde eran llevadas desde Asunción a San Pablo y de ahí a España, Turquía o Chipre.

Las jóvenes llevadas a Turquía eran recibidas por la misma policía de ese país, cuyos agentes después se encargaban de trasladarlas a hospitales públicos para controles médicos y de ahí a los burdeles, donde eran obligadas a trabajar como esclavas sexuales. Se las obligaba a firmar pagarés por 20.000 y 30.000 euros, que no terminaban de pagar.

En caso de resistencia, las mujeres eran violadas y filmadas para videos que posteriormente eran enviados a sus familiares y amigos de Paraguay, según relatos realizados por las víctimas a la fiscala Teresa Martínez.

Una de las personas que trabajaban en la organización criminal era Katia Agüero Ozuna, paraguaya oriunda de la ciudad de Caaguazú, quien fue detenida junto a Sergio Peralta, Elena Barrios de Peralta y Narcisa Casco, entre otros, sindicados como miembros de la organización que trabajó en el tráfico de mujeres.

Según el juez Delmás, en su reciente resolución, Katia Agüero Ozuna debe seguir en prisión porque en el expediente del proceso existen elementos que obligan a cumplir esa determinación.

El magistrado mantuvo esa postura ante un planteamiento de la defensa de la detenida que solicitó un decreto para la liberación de la encausada.

Con el rechazo del pedido de libertad y la ratificación de la prisión, el caso del reclutamiento de paraguayas a Europa reactivó investigaciones en el Ministerio Público, según explicaron fuentes allegadas a estos casos.

La reactivación permitió conocer otros detalles relacionados a pesquisas que se realizan en torno a otras personas imputadas por los supuestos hechos punibles de trata de personas, como Perla Fidelis Ayala Espínola, alias Fabi, C.I. N° 5.889.350, de nacionalidad paraguaya, 23 años soltera, ama de casa, nacida en la ciudad de San Juan Nepomuceno, detenida, que vivía en la ciudad de Caaguazú.

Según la imputación de la fiscala Teresa Martínez, los agentes policiales y del Ministerio Público comprobaron que Fabi participó del reclutamiento de mujeres para enviarlas a Turquía conforme al siguiente informe de los hechos.

Relato de los hechos

Conforme surge de la investigación de la Policía Antitrata de Personas de la Policía Nacional, desde el mes de abril del año 2014 se tuvo conocimiento de la situación de varias mujeres paraguayas que fueron llevadas a Turquía para ser explotadas sexualmente en clubes nocturnos ubicados en el mencionado país.

En ese contexto se autorizó la designación de un agente encubierto en la presente investigación (A.I. de fecha 25 de abril de 2014 emanado del juez penal de Garantías de turno, abogado Julián López), quien utilizando el aparato celular marca Nokia, modelo X3-02, con IMEI N° 356255/04/6494448/0 activado a la línea de la empresa Núcleo N° 0972264322, logró contactar con una de las supuestas captadoras. Se trataría de la hoy imputada Perla Ayala.

La misma bajo el alias “Fabiana” y “Fabi Ayala” habría mantenido contacto telefónico en el periodo comprendido entre el 6 de mayo de 2014 al 10 de mayo del 2014.

En ese contacto, Perla Ayala, a través del servicio de mensajería WhatsApp, propuso al agente encubierto el envío de pasajes a fin de que viaje a la ciudad de Estambul, Turquía, para trabajar en el club nocturno Kins, ubicado en la ciudad de Ercam del mencionado país.

Asimismo, existe otra víctima que regresó al Paraguay en compañía de otras dos mujeres paraguayas en fecha 22 de junio de 2014, provenientes de Turquía. La misma relata que fue llevada por Perla Ayala, quien desde Turquía logró contactarla y realizar trámites necesarios para el envío de pasajes a fin de llegar hasta el club nocturno Kins, en la ciudad de Ercam, propiedad de Aly Kalion (el jefe) quien tiene una pareja paraguaya con el alias de Jessi, mujer que realiza las traducciones en español de las órdenes que emite el “Patrón”, lugar donde fue maltratada, amenazada y explotada sexualmente.

Calificación jurídica

Trata de personas, Art. 5 de la Ley Integral contra la trata de personas Ley N°4788/12 que dice: 1° El que con el propósito de someter a otro a un régimen de explotación sexual, captare, transportare, acogiere o recibiera a la víctima directa, será sancionada con pena privativa de libertad de hasta ocho años.

2° El que con el propósito de someter a otro a un régimen de servidumbre, matrimonio servil, trabajo o servicio forzado, esclavitud o cualquier práctica análoga a la esclavitud; captare, transportare, trasladare, acogiere o recibiere a la víctima directa, será sancionado con pena privativa de libertad de hasta ocho años.

3° El que con el propósito de someter a otro a la extracción ilícita de sus órganos o tejidos; captare, transportare, trasladare, acogiere o recibiere a la víctima directa, será sancionado con pena privativa de libertad de hasta ocho años.

Art. 6° de la Ley Integral contra la Trata de Personas – Ley N° 4788/12 que dice: “En los casos del artículo anterior, se aplicará la pena privativa de libertad de dos a quince años cuando: 1.- la víctima directa tuviere entre catorce y diecisiete años de edad inclusive; 2.- El autor hubiere recurrido a la amenaza o el uso de la fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder o a la concesión de pagos o beneficios a una persona que tenga autoridad sobre la víctima directa; 3.- Si el autor fuere funcionario público cometiere el hecho en abuso de una función pública o 4.- a efecto de la trata de personas, se trasladare a la víctima directa del territorio del Paraguay a un territorio extranjero o de este al territorio nacional”.

En consecuencia esta representación imputa a Perla Fidelis Ayala Espínola, alias Fabi, paraguaya de 23 años, en calidad de autora por la comisión del supuesto hecho punible de trata de personas, finaliza la imputación.

eruizdiaz@abc.com.py

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