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El tribunal de sentencia integrado por los jueces Olga Ruiz (presidenta), Víctor Medina y Digno Arnaldo Fleitas (miembros) hizo lugar a un pedido de prescripción a favor de Sanabria Mora, en la etapa de incidentes.
Los fiscales de Delitos Económicos, José dos Santos y Luis Piñánez, se allanaron a la solicitud de los abogados defensores Osvaldo Granada Salaverry y Rodrigo González Planás.
Tras otorgar la prescripción, los jueces remitieron los antecedentes de esta impunidad a la Dirección de Auditoría de Gestión Jurisdiccional del Poder Judicial, que es dependiente de la Corte Suprema de Justicia, principal responsable de la extrema dilación.
Esto es así porque en la Sala Constitucional prescribió la causa el 16 de mayo de 2012.
De acuerdo a los antecedentes, el proceso penal se inició el 28 de marzo 2005 con la imputación por lesión de confianza por omisión, que fue presentada por el entonces fiscal de Delitos Económicos Adolfo Marín.
El entonces agente fiscal cuestionó la ausencia de Sanabria Mora en un cuestionado remate de la quiebra de Bancopar, que data del 2002.
Según el investigador, esta falta imposibilitó al ente fallido recuperar la garantía hipotecaria de un crédito por G. 4.000 millones y ocasionó un daño patrimonial de G. 2.700 millones.
El representante del Ministerio Público acusó al exsíndico un año después, en marzo de 2006, y en octubre del mismo año se elevó el caso a juicio oral y público.
El primer juzgamiento se desarrolló el 4 de octubre de 2007. En ese entonces, el tribunal de sentencia, con los votos en mayoría de María Doddy Báez (exjueza) y su colega Gustavo Amarilla, dictó la prejudicialidad. Fue disidente Gustavo Santander, quien determinó que debía seguir el juicio oral.
La defensa del exsíndico general de Quiebras logró la prejudicialidad porque pretendía que en el fuero civil primero se determine si hubo o no daño patrimonial.
La resolución de primera instancia fue confirmada por la Cámara de Apelaciones el 7 de diciembre de 2007, con votos de los camaristas Gustavo Ocampos, Carlos Bray Maurice y Tomás Damián Cárdenas (removido).
Cajoneo de 8 años
Tras la confirmación de la prejudicialidad a favor de Gerardo Sanabria Mora, los fiscales de Delitos Económicos René Fernández y Silvia Cabrera plantearon una acción de inconstitucionalidad el 28 de diciembre de 2007, con la intención de que sean anulados los dos fallos, de primera y segunda instancia, y se reenvíe a un nuevo juicio oral y público.
La Sala Constitucional quedó integrada por los ministros Antonio Fretes, Miguel Óscar Bajac y César Garay. Los mismos tuvieron el expediente por casi 8 años.
Si bien la Corte hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad del Ministerio Público, el 28 de julio de 2015, y se ordenó un segundo juzgamiento, ya fue demasiado tarde.
Según el cómputo oficial y final que hizo el tribunal de sentencia, la causa de “Yacaré” Sanabria Mora prescribió por el doble del plazo del hecho punible (lesión de confianza), el 16 de mayo de 2012, en manos de los ministros Fretes, Bajac y Garay.
Tras esta inexplicable dilación extrema, el juicio oral se volvió a fijar casi dos años después.
Finalmente, el exsíndico compareció la semana pasada ante la justicia, pero para lograr su impunidad.
No corren los “plazos muertos”
El fiscal de Delitos Económicos José dos Santos, concurrió junto a su colega Luis Piñánez en el juicio donde se declaró las prescripción a favor de Sanabria Mora.
El agente indicó que el Ministerio Público se tuvo que allanar al pedido de la defensa porque ni siquiera se pudo sustentar la “teoría de los plazos muertos”, con la intención de que sea descontado el tiempo que estuvo “cajoneado”. Esto es así porque la acción de inconstitucionalidad que “durmió” en la Corte no fue presentada por el acusado, sino por la Fiscalía.
El Ministerio Público, inclusive, llegó a presentar 26 urgimientos a la Sala Constitucional de la Corte sin el éxito esperado, lamentó dos Santos.
griselda@abc.com.py