Psicología y psiquiatría forenses

La psicología y psiquiatría forenses constituyen disciplinas fundamentales para esclarecer casos determinados de las personas en el ámbito judicial. Le permite al Juzgado aclarar situaciones relacionadas a la conducta de una persona que está siendo investigada en juzgados penales, civiles, laborales y de la niñez y adolescencia.

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El perito psicólogo o psiquiatra debe tener amplio conocimiento de la clínica, la psicopatología, los procedimientos forenses y las leyes pertinentes a estos temas. Teniendo en cuenta que el objetivo no es el tratamiento de la persona sino informar al juez o fiscal el resultado de su análisis y evaluación de la persona investigada en el código y lenguaje de las autoridades judiciales; es decir, el perito debe, con sus conocimientos clínicos y psicopatológicos traducir el diagnóstico en términos dinámicos y situacionales de modo que las autoridades judiciales puedan utilizarlo para aplicar las medidas correspondientes. Para ello los especialistas forenses tienen los conocimientos necesarios para indagar sobre los hechos que tienen que ver con la justicia, sobre todo en lo penal, debe fundamentalmente hacer un diagnóstico en tres niveles. El primer nivel la salud mental de la persona en el momento del hecho, el segundo nivel debe diagnosticar el estado de la salud mental en el momento de la entrevista y finalmente el tercer nivel debe diagnosticar la salud mental previa al hecho.

En la solicitud de la pericia, el juez pregunta aquellas situaciones de la conducta de la persona en el momento en que se cometió un delito y que para él no son claras, además si el sujeto está en condiciones mentales de afrontar el juicio y si conocía la antijuridicidad y/o si tuvo capacidad de autodeterminación, en referencia al hecho. El sujeto debe tener conocimiento de los procedimientos que el perito va a utilizar en el proceso y debe dar su consentimiento. Esto debe constar en el informe con el nombre de “consentimiento informado”. El perito debe tener presente que el sujeto puede oponerse a esto y se debe respetar e informar al juez o fiscal esta situación y no presionar, manipular o amedrentarlo.

Los métodos más importantes para esta investigación son fundamentalmente la lectura y análisis del expediente donde constan los informes de testigos y de la policía que son más cercanos al hecho, con estos datos y otros más si los hubiera le permite al perito contextualizar la conducta en un momento dado. Seguido a esto, la entrevista debe ser prioritaria, y puede extenderse también a otras personas (familiares, allegados, policías, testigos, etc., si cree necesario, a partir de ahí y de los datos obtenidos en ellas, puede sacar conclusiones. La entrevista es el método clínico diagnóstico por excelencia del perito psicólogo o psiquiatra. La entrevista que significa “entrever - entredichos”, lo es en referencia a las palabras que se escucha y en referencia a su esquema de referencia clínica teórica. En este sentido es necesario aclarar que existe un mal entendido entre los profesionales de la salud mental que son los test el instrumento principal del diagnóstico siendo la verdad clínica la inversa: los test cumplen un papel auxiliar secundario y la entrevista clínica es la que cumple el papel primario y substancial para el diagnóstico psicoforense. Los psiquiatras, en tanto médicos pueden solicitar exámenes laboratoriales o por imágenes o solicitar interconsulta con otros profesionales. Como decía una reconocida psiquiatra forense cubana: Dra. Teresita García Pérez Universidad Médica de La Habana.

“Lo más importante no es la brillantez del diagnóstico nosográfico, lo más importante no es si usted está clasificando por el DSM-IV, por el DSM-V, con la CIE, que son las clasificaciones internacionales de los trastornos mentales y del comportamiento; lo más importante es que su diagnóstico se ajuste a la fórmula del código del lugar donde está usted ejerciendo, porque está escribiendo para juristas, no para un startmeeting de psiquiatras, psicólogos o médicos. Lo importante es lograr llevar ese trastorno, que está sustentado en todos los instrumentos clinimétricos internacionales, a una lectura que sea jurídicamente comprensible. La efectividad del dictamen es directamente proporcional a la experiencia del perito y a la información que posea del hecho”.

Y desde el punto de vista práctico no es lo más importante el diagnóstico nosológico, sino la sintomatología en el momento del hecho, más bien podríamos hablar de un diagnóstico comprensivo.

Lic. Genaro Riera Hunter Psicólogo Clínico-psicoanalista

Dr. Carlos Alberto Arestivo Psiquiatra Forense

Dr. José Vera Gómez Psiquiatra Forense

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