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En su escrito, explicó que el 3 de agosto de 2012, el entonces ministro del Interior, Carmelo Caballero, denunció ante el Ministerio Público supuestos hechos que podrían configurar delitos de estafa y otros. La denuncia dio origen a la carpeta fiscal individualizada como número 73/12, caratulada “Personas imnominadas sobre estafa y otros”.
El 26 de mayo de 2013, los senadores colorados Rogelio Benítez y Julio Velázquez y Juan Darío Monges, candidato a senador por la ANR, se presentaron ante el Ministerio Público acompañados por el abogado Enrique Bacchetta (también candidato a senador) a exigir a la Fiscalía que impute a Filizzola, entonces candidato a vicepresidente de la República por la Alianza Paraguay Alegre.
El 12 de abril de 2013, Velázquez, con patrocinio del abogado Rubén Melgarejo Lanzoni, se presentó ante el Ministerio Público con el pretexto de ampliar la denuncia. “Sin embargo, la verdadera intención era buscar, en forma ilegal, la designación de agentes fiscales que cumplan con sus pretensiones políticas”, dijo Filizzola.
Velázquez recusó a los fiscales René Fernández y Carlos Arregui, a quienes acusó de tener interés en la causa y de contar con antecedentes de enemistad con Melgarejo Lanzoni.
Según Filizzola, el fiscal general aceleró los trámites de la recusación presentada contra Fernández y Arregui por personas que no tienen intervención en el proceso. “Ha sido el propio fiscal general quien ha violado las normas procesales relacionadas a la recusación de agentes fiscales y también violó las normas que establecen que el Ministerio Público debe ser objetivo en todas sus actuaciones.
“En este caso, el recurrente pretende demostrar la supuesta enemistad manifiesta a través de decisiones y actuaciones procesales realizadas presuntamente al margen de la ley. Sin embargo, tales cuestionamientos no configuran el requisito de enemistad manifiesta establecido en el artículo 57 del Código Penal de forma, en razón de que de esas circunstancias expresadas en el escrito de recusación resulta imposible deducir sentimiento de odio o animadversión del recusado hacia alguna de las partes. En consecuencia, el hecho de que el señor Rafael Filizzola no esté de acuerdo con alguna decisión o actuación procesal del fiscal general del Estado, no constituye la causa prevista de enemistad manifiesta”, señaló.
La Corte, integrada por el ministro Luis María Benítez Riera y los camaristas Delio Vera Navarro y Mirtha González de Caballero, rechazó la recusación porque no se demostró la enemistad del fiscal general con Filizzola.
Arregui y Fernández
El entonces senador colorado Rogelio Benítez recusó al fiscal adjunto de Delitos Económicos, Carlos Arregui y el fiscal René Fernández. Según se deduce del escrito de impugnación, y de las constancias de autos, el señor Rogelio Benítez Vargas se presentó por derecho propio y bajo patrocinio de abogado en su carácter de denunciante. Sin embargo, la calidad de denunciante no lo hace parte del proceso tal como lo prescribe el artículo 288 del Código Procesal Penal. En tal sentido, aplicando analógicamente las reglas referentes a los jueces, por disposición expresa del artículo 57 del Código Procesal Penal y del artículo 342 del CPP, solo las partes tienen la legitimidad suficiente para recusar en una causa penal, dijo la Corte Suprema al rechazar recusación.
LOS IMPUTADOS Y LOS HECHOS
Rafael y Carlos Filizzola, exministros del Interior del gobierno de Lugo, fueron imputados por lesión de confianza por los fiscales Victoria Acuña y Martín Cabrera. El monto del perjuicio patrimonial para el Estado ascendería a G. 50.062.368.788.
La imputación refiere que un comité de evaluación del Ministerio dictaminó que Proibérica SA cumplía sustancialmente con los requerimientos. Sin embargo, esa empresa no cumplió con requisitos formales como la presentación del certificado expedido por el fabricante de ser representante, importador, distribuidor oficial en Paraguay (de insumos, repuestos y partes).
El 2 de diciembre de 2010, durante la administración de Rafael, se pagaron a la firma Proibérica SA G. 20.713.243.257.
Según la imputación, el 12 de octubre de 2011, ya durante la administración de Carlos Filizzola, se pagaron G. 20.382.567.558.
También están imputados la exjefa la Unidad de Contrataciones Lic. Andrea Adle, el exdirector general de Administración y Finanzas Lic. Aníbal Muñoz, director jurídico Abog. Ricardo Lugo, el director financiero Lic. Juan Diego Fernández; director de Equipamiento de la Policía Nacional, Víctor Flor; y el director administrativo, Crio. Tiburcio Abundio Martínez. Igualmente, están imputados Guillermo José Casado y Álvaro Lasso, representantes de Proibérica SA.