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El juez Federal argentino Enrique V. Lavie Pico decidió notificar a los gobiernos de Argentina, Brasil y Uruguay que una organización civil paraguaya promovió en abril del 2015 una demanda contra el Tratado Secreto de la Triple Alianza firmado el 1 de mayo de 1865 que posibilitó una guerra y genocidio contra el Paraguay entre los años 1865 y 1870.
Recomendación fiscal
El magistrado Lavie Pico había tomado esa determinación ante un dictamen del fiscal Federal N° 5, Leonel Gómez Pardilla, quien recomendó notificar a las partes demandadas de la acción promovida por la organización paraguaya “Instituto Paraguayo Amigos de los Niños, Adolescentes y Jóvenes (IPAN)”.
Al dar trámite a la demanda civil, el magistrado Lavie Pico dispuso la preparación de oficios para el Procuraduría del Tesoro de la Nación argentina y el Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo a lo solicitado por el fiscal Gómez Pardilla.
El IPAN promovió una demanda civil buscando anular el tratado y solicitar una indemnización de 150 billones de dólares americanos a los gobiernos firmantes del pacto.
La citada organización paraguaya también promovió una demanda penal denunciando que Argentina, Uruguay y Brasil ejecutaron verdadero genocidio en contra del Paraguay.
Las demandas habían sido promovidas por el IPAN, entidad con personería jurídica N° 3031/94, con sede central en la ciudad de San Lorenzo, según indicó Alcides Molinas.
Las acciones fueron patrocinadas por el abogado argentino Juan Carlos Muro Segovia y contaron con asistencia y otros profesionales del derecho como los paraguayos Marcos Espínola, Eduardo “Pai” Lezcano y Édgar Acha.
La demanda penal también ya fue atendida y está en trámite por disposición del titular del Juzgado N° 9, de lo Criminal y Correccional Federal, Luis Rodríguez, quien dispuso la integración de una comisión para investigar los hechos denunciados en la demanda, según indicó el Dr. Molinas.
Si todo marcha bien, es probable que a fin de año ya se tenga una sentencia, sostuvo el Dr. Molinas al indicar que para administrar los fondos solicitados se debe formar una comisión nacional.
Indicó que las demandas fueron promovidas en virtud de nuevas normas legales internacionales y a jurisprudencias que permiten las reparaciones por hechos graves como el genocidio, un crimen imprescriptible en todo el planeta.
Jurisprudencia
Una jurisprudencia que favorece a las demandas paraguayas contra la Triple Alianza es un fallo reciente dictado por el juez argentino juez federal Norberto Oyarbide, quien en abril del 2011 declaró que Turquía cometió genocidio contra el pueblo armenio entre los años 1915 y 1923.
La sentencia del magistrado Oyarbide se dio en dentro de una demanda promovida en el año 2000 por Gregorio Hairabedian, quien afirmó que el Estado turco mató a más de un millón y medio de armenios.
El fallo del juez Oyarbide carece de efectos sancionatorios, pero posibilita a los accionantes utilizar la sentencia en los foros internacionales y tribunales internacionales para formular reclamos indemnizatorios.
eruizdiaz@abc.com.py