Plan de contingencia de educación en situaciones de emergencia: estrategias prioritarias (5)

Hoy continuamos la penúltima parte del Plan de contingencia de educación de emergencia

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El Consejo Educativo de Emergencia (C.E.E.) del MEC, a través de las siguientes acciones, garantiza el restablecimiento del ambiente de aprendizaje:

Las siguientes direcciones generales, de Gestión Social y Equidad Educativa, Currículum, Orientación y Evaluación, Fortalecimiento del Proceso Educativo, Planificación, Educación Inicial y Escolar Básica, Educación Media, Educación Técnica y Profesional, Educación Inclusiva, Educación Indígena, Educación Permanente; deberán definir orientaciones pedagógicas con relación a los procesos educativos de los estudiantes de todos los niveles y modalidades, para que se realice la elaboración de los cuadernillos de trabajos para los estudiantes y la guía didáctica para el docente enfocado a la educación en emergencias, atendiendo las diferentes necesidades asociadas al contexto, la geografía y la realidad de cada institución educativa afectada por la emergencia.

Las direcciones generales de: Gestión Social y Equidad Educativa, Currículum, Orientación y Evaluación, Fortalecimiento del Proceso Educativo y la de Planificación deberán articular acciones específicas de apoyo sicosocial a llevarse a cabo en los albergues/sedes de acogida o escuelas de acogida; actividad que se llevará a cabo con el apoyo de los estudiantes voluntarios de universidades, institutos superiores de educación, centros educativos terciarios y de la Red de Psicólogos del Paraguay, los mismos acompañarán la actividad en el marco de su extensión social o extensión universitaria.

Los Comités Educativos Departamentales y Regionales deberán realizar las gestiones pertinentes necesarias para capacitar al personal técnico pedagógico de las coordinaciones y supervisiones en temas referentes a la educación en Gestión de Riesgos, atendiendo que estén acordes a las normativas nacionales vigentes de las que se hace mención en el Pneger (Plan Nacional de Educación para la Gestión del Riesgo), circular n.º 2 emanada de la Dirección de Gestión Social y Equidad Educativa y las normativas internacionales de educación en situación de emergencias (normas INEE), para que los mismos sean agentes multiplicadores a sus pares docentes.

Los Comités Educativos Departamentales y Regionales deberán velar que, en los albergues provisorios/sedes de acogida o escuelas de acogida, los docentes a cargo, ya sean titulares del área o comisionados a cumplir funciones en dicho lugar, garanticen que la educación deberá ser acorde al contexto, flexibilizando los procesos educativos para adecuarlos a las características y necesidades en las que se encuentran los estudiantes que están afectados por la emergencia.

Intervención con enfoque comunitario a fin de salvaguardar la sostenibilidad de las disposiciones mientras dure la emergencia.

Conformar equipos de seguimiento y evaluación en las supervisiones educativas (administrativas y pedagógicas) y las direcciones de las instituciones educativas involucradas, para el acompañamiento a la Comunidad Educativa afectada en el proceso de reubicación al albergue destinado.

Diagnosticar situación de las familias de los alumnos en cuanto al lugar de establecimiento temporal de sus hogares (albergues o viviendas provisorias).

Elaborado por: Ministerio de Educación y Cultura

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