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Este decreto obedece a la necesidad de unificar criterios respecto a los símbolos nacionales, que en ocasiones sufren deformaciones por parte de quienes los diseñan, fabrican o utilizan. En este contexto, se emplean y se exhiben pabellones, escudos y banderas con formas, colores, medidas y otras características que no respetan las prescriptas por las disposiciones del Soberano Congreso General extraordinario del 25 de noviembre de 1842, al cual alude el artículo 139 de la Constitución Nacional.
El artículo 14 de este decreto establece: «Dispónese que el Ministerio de Educación y Cultura, adopte las medidas necesarias para que en todas las Instituciones del Sistema Educativo Nacional, se profundice la enseñanza de la historia y significación de los símbolos patrios».