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En el artículo 18 de la ley Orgánica Municipal, con el título Convenios Intergubernamentales, se menciona: «Los convenios o acuerdos que celebren las municipalidades con los Gobiernos departamentales o con los organismos y entidades del Estado deberán especificar cuanto menos:
- Los órganos que celebran y la capacidad jurídica con la que actúa cada una de las partes.
- La función que tendrá cada órgano.
- Su financiación.
- Las actuaciones que se acuerden para su cumplimiento.
- El plazo de vigencia, lo que no impedirá su prórroga si así lo acuerdan las partes.
- La extinción por causa distinta a la prevista en el apartado anterior, así como la forma de determinar las actuaciones en curso para el supuesto de extinción».
La construcción de empedrados, apertura de caminos o asfaltado de calles significa progreso y desarrollo para la comunidad. Asimismo, la disposición de un hospital con todos los servicios, insumos, farmacia y profesionales médicos y de enfermería hace a la vida de calidad comunitaria; es más, si a todo esto le sumamos escuelas y colegios con todas las dependencias, aulas equipadas y docentes que no trabajen por la mitad del salario o ad honórem, todas estas acciones, si se llegan a realizar en los municipios, estamos hablando de comunidades que apuntan a la calidad.
Llegar a la excelencia ciertamente cuesta, pero se puede, buscando los recursos; y precisamente esto está al alcance, si las autoridades, como se suele decir, «se ponen las pilas». Esto significa realizar proyectos y presentarlos en las instancias respectivas, asociándose con las gobernaciones o con el Estado, a fin de concretar los avances comunitarios. Realizar convenios está al alcance de los municipios.
Los municipios serán florecientes en la medida de que sus autoridades, a partir de las necesidades de sus comunidades, sean creativos para encauzar los proyectos.
Actividades
1. Reconoce la importancia de los convenios interinstitucionales.
2. Valora la creatividad de las autoridades para llevar a cabo los proyectos comunitarios.
Fuente
Ley Orgánica Municipal. 2010.