Enfoque de mercado

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En el marco de las discusiones y análisis de los temas relacionados con el Tratado de Itaipú Binacional propongo esbozar un abordaje EX- POST o “después del suceso”, reemplazando la asunción actual EX-ANTE o “antes del suceso” acerca de la consideración sobre nuestro consumo energético como una variante de otras propuestas similares con el fin de coadyuvar con las diferentes opciones de la estrategia paraguaya en la mesa de negociaciones futuras en relación al negocio eléctrico en los emprendimientos binacionales en general e Itaipú Binacional (IB) en particular.

Este enfoque no precisa recurrir a incumplimientos o modificación alguna del Tratado ni la de sus anexos vigentes y evita impactar negativamente en la economía del ciudadano brasileño ni en la del paraguayo. 

Las siguientes líneas describirán algunos acontecimientos posibles que sucederían una vez aprobada la última versión de la Ley Eléctrica disponible para su discusión, tratamiento y aprobación en el Congreso paraguayo, siendo esta la herramienta más óptima para aproximarse al resultado ideal. 

El nuevo marco legal eléctrico habilitará un nuevo escenario donde se desarrollarán las herramientas legales, técnicas y financieras, creando un mercado eléctrico local, donde el Estado paraguayo, por intermedio de un comercializador estatal, privado o mixto, altamente especializado en la negociación de EE (no ANDE, porque será parte interesada), podría proceder a vender a través de subastas internacionales contratos de sus bloques de potencia anuales disponibles para contratación en la IB.

El mecanismo de las subastas electrónicas (con supervisión de la DNCP) será en el ámbito y con la modalidad reglamentada del Mercado Eléctrico Mayorista Paraguayo (Mempasa), coordinado por el Operador del Sistema (concesionado por otra subasta internacional), regidos por leyes y reglamentaciones paraguayas. A la empresa que desee constituirse en comercializador ante el Mempasa solo bastará disponer de una licencia otorgada por la Superintendencia de Electricidad, que deberá expedirse en 30 días corridos, previa revisión de antecedentes técnicos, acreditar experiencia y muy buena capacidad financiera, gestionadas desde el portal electrónico de la Superintendencia, sin necesidad de gestores. 

Serán invitados y facilitados la participación de comercializadores de prestigio internacional (con filiales paraguayas), y con preferencia los brasileños o con asociaciones locales con excelentes referencias y know-how en la materia, así como la participación de la propia Eletrobras (futura filial paraguaya) que entrará a Competir por los 05 bloques –divididos a razón un poco más 1.200 MW y un costo aproximado de 330 millones de U$D por bloque– en una serie de subastas competitivas, abiertas y transparentes; todo el proceso será auditado por consultoras de primer nivel. En la figura 01 se grafica el concepto precedente. 

Cada uno de los contratos de los bloques de potencia subastados contendrá un set de condiciones técnicas y comerciales para el componente de potencia firme y otro set para la potencia secundaria, determinados según la futura ley eléctrica paraguaya. Cada bloque estará dividido en dos subbloques variables, uno para el consumo variable local y otro para el remanente o lo no consumido, ambos en total congruencia con el Tratado de la IB y la legislación paraguaya. El subbloque para consumo variable local podrá ser revendido, hipotecado y fraccionado en el mercado secundario del Mempasa, como cualquier otro bien de cambio. 

Los comercializadores ganadores obligatoriamente deberán gestionar garantías financieras de primer nivel (con calificación AAA), utilizando la potencia firme certificada como aval financiero (similar a la “garantía física de energía” brasileña), que en conjunto deben comprometer y garantizar la compra anual de la potencia total paraguaya dividida y disponibles para contratar en barras de la IB. Estas medidas tienen por finalidad eliminar la incertidumbre o riesgo sobre el pago de la deuda y los compromisos financieros de la IB, que constituye una de las preocupaciones del gobierno brasileño por el cual se entorpecen las negociaciones. 

Para poder aplicar las mencionadas normativas paraguayas y la vigencia de las garantías financieras es un prerrequisito esencial que toda la potencia paraguaya contratable de las 10 unidades generadoras sea adquirida, pagada y retirada de las barras de la IB, con el fin de que el citado bien mueble sea operada, despachada, consumida y administrada bajo soberanía paraguaya, a través del Operador del Sistema Paraguayo. Los bloques no consumidos determinados ex-post, dado que solamente después del consumo se puede determinar exactamente este valor, serán devueltos a Itaipú o puestos a disposición de la red brasileña utilizando la red del transportista eléctrico local y la existente red de interconexión con el sistema brasileño, coordinando con el ONS (Operador Nacional do Sistema eléctrico) y cumpliendo con las condiciones contractuales, técnicas y comerciales de la IB como la regulación brasileña y solventadas por las sólidas garantías financieras mencionadas. La infraestructura eléctrica faltante requerida será ejecutada y financiada por una empresa transportista que obtenga la concesión por medio de otra subasta de transporte y administración del parque de maniobras correspondiente. 

La serie de subastas de subbloques no consumidos localmente consistirán en una subasta inglesa para obtener el mayor canon porcentual posible aplicable sobre la diferencia (spread) entre el precio spot o contratos a término y el costo de generación actual de la IB, que serán negociados por los cinco comercializadores ganadores en el mercado mayorista brasileño (Cámara de Comercialización de Energía Eléctrica, CCEE). Para los subbloques variables consumidos localmente se procederá con otra serie de subastas tipo holandesa, buscándose un canon mínimo. El canon porcentual en lugar de un monto fijo permitirá lidiar con la incertidumbre del mercado volátil brasileño y acrecentar la probabilidad de una buena tasa. La señal de mercado a transmitir para cada comercializador es la de alcanzar un máximo spread para que logren maximizar sus ganancias y las del comercializador estatal, concomitantemente. 

La presente propuesta mantiene intacto el Tratado y sus anexos vigentes (Pacta sunt servanda), así como el derecho brasileño “de adquisición, en la forma establecida en el Artículo XIV, de la energía que no sea utilizada por el otro país para su propio consumo”, que aparte de Eletrobras y la ANDE menciona “que también podrán hacerlo por intermedio de las empresas o entidades brasileñas o paraguayas que indiquen”. Las preocupaciones por la incertidumbre por los compromisos financieros de la IB serán eliminados con las “garantías físicas reales de potencia firme”, con un nivel de calificación financiero máximo y usuales en el negocio financiero. 

El Estado paraguayo, por intermedio de su comercializador especializado, mantendrá sus ingresos contractuales habituales compuestos por los royalties, cesión, por territorio inundado, rendimiento por capital integrado y resarcimientos por administración. El ingresos por cesión de energía caerá a cero pero en su lugar los ingresos por medio de la venta de sus bloques de potencia, por el cual hoy recibe 9 US$/MW-h o UD$ 360 millones anuales, se multiplicará varias veces dicho monto y el ciudadano paraguayo podría ver reducida su factura en una fracción importante, casi la mitad del monto actual, dependiendo de las condiciones hidrológicas de cada año.

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