El riesgo de conmoción civil en el seguro

La violencia pública que trae aparejados disturbios civiles se está incrementando a nivel global, debido a las tensiones geopolíticas y los efectos derivados de los conflictos crónicos en todo el mundo. Estos hechos de disturbios civiles pueden incluir desde una bomba pirotécnica hasta daños a viviendas, vehículos e instalaciones públicas en un mismo punto o en varios al mismo tiempo en un país. Constituyen riesgos difíciles de determinar en cuanto a sus alcances, pudiendo considerarse desde hechos que causen daños aislados o secuencia de situaciones de alcance malicioso. Muchas pólizas estándar excluyen o limitan la cobertura en casos de riesgos políticos o disturbios civiles, requiriendo pólizas específicas o cláusulas adicionales que cubran estos eventos.

El sector asegurador ha observado un aumento, tanto en la frecuencia como en la gravedad de los reclamos relacionados con disturbios civiles, lo que ha llevado a que estos riesgos se traten con mayor especialización, involucrando a veces fondos o consorcios nacionales para mutualizar el riesgo y evitar la desestabilización económica de las aseguradoras. Pero técnicamente dichos riesgos, llamados habitualmente tumultos populares, vandalismo, alborotos, etc., están excluidos de las pólizas; sin embargo, en algunos riesgos como el de incendio se da cobertura a través de “cláusulas adicionales” en las que se establecen la cobertura y las exclusiones propias de este tipo de riesgos y que se expresan en los condicionados generalmente así: “… En virtud del premio adicional que fija la póliza y durante el periodo de tiempo ya estipulado, la compañía cubre también los siguientes riesgos adicionales: Daños por incendio a los bienes asegurados causados directamente por tumulto o alboroto popular o huelga que revista tales caracteres, por personas que tomen parte en tumultos populares; por huelguistas u obreros afectados por el cierre patronal (“lock-out”); por personas que tomen parte en disturbios obreros o por la acción de cualquier autoridad legalmente constituida para reprimir o defenderse de cualquiera de estos hechos…”. Están excluidas las consecuencias de: “… Guerra, invasión, acto de enemigo extranjero o cualquier otro acto de hostilidad u operación guerrera (haya habido o no declaración de guerra); guerra civil, rebelión o sedición a mano armada; poder militar, naval o aéreo usurpado o usurpante; estallido o acto de revolución, así como el ejercicio de algún acto de autoridad pública para reprimir o defenderse de cualesquiera de estos hechos...”.

Cuando las protestas o manifestaciones son de carácter civil, los daños que puedan sufrir comerciantes y las viviendas que están aseguradas no entran dentro de las exclusiones de cobertura de las pólizas, pero si las protestas generales de carácter civil se transforman en guerra civil o insurrección, ya estarán excluidas de las coberturas de las mismas.

En otros tipos de seguros como los de robo están definitivamente excluidos. Actos como estos generalmente derivan en los llamados “saqueos” producto de los alborotos populares y que consisten en la sustracción total o parcial de los bienes, aprovechando el momento propicio del descontrol existente y tomando lo que se pueda. En los seguros de automóviles, en la práctica se aplica un “sub-límite” a la cobertura, ya sea con valores fijos o un porcentual de la suma asegurada. Dependería del tipo de producto y del pago de la prima adicional. El riesgo común se encuentra en los escenarios deportivos, en grandes conciertos, en manifestaciones públicas, en los estacionamientos de centros comerciales, entre otros, donde existe aglomeración de personas y pueden presentarse “turbas” que actúan de manera irracional y desordenada, generando daños a su paso.

Una cobertura importante para grandes eventos y ampara estos riesgos constituye el seguro de responsabilidad civil que, si bien no puede cubrir los daños producidos fuera de los establecimientos, permite reparar aquellos daños en donde el asegurado sea civilmente responsable en su carácter de organizador del mismo, dentro del perímetro que corresponde a su organización, incluyendo estacionamientos destinado al público.

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En resumen, los disturbios civiles son considerados un riesgo importante y creciente en la industria del seguro, sujeto a coberturas específicas, límites claros, procedimientos específicos para su reclamación y mecanismos especiales -en algunos países- para asegurar la indemnización, incluso ante eventos de gran magnitud. Esta situación implica un manejo contractual y operativo particular dentro del sector asegurador para mitigar el impacto económico y social de tales eventos, pero a su vez, el asegurado debe verificar el alcance de la cobertura de su póliza, el contenido de las cláusulas adicionales si las hubiera y cerciorarse de estar cubierto por estos eventos. En caso de siniestro, dar parte a la Policía Nacional sobre el hecho, sindicando como autores a personas innominadas y aún pudiendo ser público, deberá comunicar a la aseguradora en el plazo correspondiente.

Excluyen o limitan cobertura

Muchas pólizas estándar excluyen o limitan cobertura en casos de riesgos políticos o disturbios civiles, requiriendo pólizas específicas o cláusulas adicionales.

(*) Abogado.