Franquicia en el contrato de seguros

Se escucha frecuentemente en los contratos de seguros celebrados el término de franquicias o deducibles como “carga” atribuible al asegurado, en la ocurrencia de siniestros.

Estos términos, si bien parecen confundirse en lo mismo, presentan significados diferentes. Cuando se pacta un deducible en la póliza, el asegurado debe hacerse cargo necesariamente de una parte del siniestro independientemente de la intensidad del mismo, en tanto la franquicia ocurre cuando el asegurador se hace cargo del siniestro si supera cierto porcentual de los valores asegurados.

La razón de este tipo de cláusulas es para algunos de tinte “moral”, al hacer participar al asegurado en el siniestro, promoviendo así mayores actitudes o diligencias para prevenir la ocurrencia de los mismos, o disminuir sus consecuencias, ya que comparte, en cierta medida, “la pérdida” con el asegurador. En otros casos puede justificarse como una medida del asegurador tendiente a evitar asumir siniestros de pequeño porte o de escasa trascendencia que insumen considerables gastos administrativos derivados de la inspección del siniestro, su evaluación y liquidación de los daños, muchas veces de la mano de peritos.

En una palabra, el asegurador solo va a pagar si excede de un mínimo y ese mínimo no cubierto es la franquicia. Se lo suele clasificar también como condicional o incondicional. Condicional cuando el asegurador debe indemnizar la totalidad del daño si excede la franquicia e incondicional cuando en ningún caso responde por el porcentaje atribuido a la porción del siniestro que se encuentra por debajo de la franquicia. Esto fomenta la prevención, ya que al saber el asegurado que deberá asumir una parte de los daños, tiende a ser más cuidadoso y a evitar siniestros o a reducir sus efectos, y, por otro lado, desincentiva la presentación de reclamaciones por daños de bajo importe, lo que ayuda a las aseguradoras a gestionar siniestros pequeños y a mantener la viabilidad del sistema.

La figura legal no está determinada en el Capítulo XXIV del Código Civil – Contrato de Seguros, pero se sustenta principalmente de la interpretación de su artículo 1600, que expresa en su primera parte: “El asegurador se obliga a resarcir, conforme al contrato, el daño patrimonial causado por el siniestro”, es decir que la norma descansa en el contrato mismo respecto al modo y la forma de resarcir dejando el criterio a la autonomía de la voluntad de los contratantes.

En la práctica, se estipulan ya sea como un importe determinado como base de la franquicia, ejemplo US$ 100 de franquicia, donde el asegurador asume los eventos que superan dicho importe, o bien puede ser porcentual, donde se establece un porcentaje ya sea sobre el valor del siniestro o sobre el valor de la suma asegurada. Ejemplo, franquicia 10% sobre el valor del siniestro, o 5% sobre el valor de la suma asegurada estableciéndose así claramente, dónde recae la participación del asegurado en un eventual siniestro.

En algunos productos también se puede hablar de una franquicia temporal, que sería el tiempo durante el cual un seguro no tiene vigencia. Llamado también “periodo de carencia” y generalmente es utilizado en seguros masivos relacionados con enfermedades o coberturas hospitalarias que no están sujetas a formularios de suscripción o existe posibilidad de una antiselección del tomador o asegurado por falta de información del mismo.

La franquicia puede incidir también en los costos del seguro, por lo que podemos afirmar que, para la aseguradora es una forma de limitar su responsabilidad y para el tomador del seguro una forma interesante de poder obtener mejores costos en sus coberturas de riesgo, coparticipando en el daño a través de la franquicia en caso de producirse un siniestro, pues a mayor posibilidad de “asumir el riesgo” por parte del asegurado, el costo del seguro será menor. Es decir, mayor franquicia, menor costo. Esto hace que no siempre la decisión de incorporar franquicias en una póliza deviene de los aseguradores, sino son los propios asegurados los que, por medio de franquicias de cierta relevancia en sus contratos de seguros, buscan una considerable reducción en las primas que deben abonar. Por tanto, la franquicia busca equilibrar los intereses del asegurado y la aseguradora, permitiendo primas más accesibles y una gestión más eficiente del riesgo y de los siniestros. Es importante que en el momento de suscribir un seguro el asegurado esté enterado de cuánto le corresponde asumir como franquicia o deducible en caso de un eventual siniestro.

Riesgo

La franquicia busca equilibrar intereses del asegurado y aseguradora, permitiendo primas más accesibles y una gestión más eficiente del riesgo y de los siniestros.

(*) Abogado.

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