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Letra de cambio: Una orden escrita, revestida de requisitos legales, por la cual existe un compromiso para pagar una suma específica cuando dicha suma sea exigida o en una fecha específica.
Se utiliza ampliamente para financiar operaciones comerciales y para obtener crédito descontándola con una institución financiera.
Letras de Tesorería: Promesa, emitida por el Tesoro, de pagar una cantidad específica en una fecha concreta. Las letras del tesoro pueden ser emitidas con una maduración mínima de 90 días y una máxima de 1 año.
Letras hipotecarias: Valores emitidos por una institución financiera en contrapartida de un crédito hipotecario (créditos para construir o adquirir bienes inmuebles).
Pueden ser negociadas en el mercado secundario a través de la bolsa de valores.
Fuente: Glosario de Términos Económicos. Banco Central de Reserva del Perú.