La nueva ley dispone que el Ejecutivo, dentro de los 90 días de su promulgación, establecerá el plazo para su implementación y vigencia. La nueva dirección tendrá entre sus fines aplicar las políticas establecidas por el Ministerio de Hacienda en materia fiscal referente a los tributos de su competencia. También tendrá a su cargo aplicar las disposiciones legales referentes a tributos internos que estén bajo su competencia, su percepción y fiscalización. “A los efectos de la presente ley, los tributos internos se entenderán por aquellos que gravan las rentas o ganancias, la enajenación de bienes, la prestación de servicios, así como todo acto de comercio en el mercado interno, entre otros”, añade. Igualmente, aplicar la legislación aduanera, recaudar los tributos a la importación y a la exportación, fiscalizar el tráfico de mercaderías por las fronteras y aeropuertos, entre otros puntos.
3 de enero de 2026
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