Apropiación y plagio

Aunque a partir del reconocimiento, desde el siglo XX, del apropiacionismo como práctica artística, estos conceptos tiendan a confundirse, ni la apropiación es plagio, ni el plagio es apropiación.

Apropiación y plagio
Apropiación y plagioArchivo, ABC Color

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Los límites entre la apropiación y el plagio son materia de debates recurrentes en diversos ámbitos, desde la literatura hasta la música, aunque parecen prestarse con mayor frecuencia a confusión en el caso de las artes visuales. Particularmente en este campo, los intereses en juego tienden a generar manipulaciones que oscurecen un tema que, sin embargo, no es tan difícil de entender como parece. Elegimos al azar tres citas breves de diversos autores para ayudar al lector desconcertado a comenzar a orientarse en lo concerniente a las diferencias entre la apropiación, en sentido estricto, y el plagio, que no es apropiación, aunque algún pequeño o gran escándalo vuelva, cada cierto tiempo, a movilizar voces que desde la prensa y las instituciones intentan hacerlo pasar por tal.

Plagio y derechos humanos

«Pero entre todas las copias, las más peculiares son las que fingen no serlo y a la vez fingen ser de otro autor, los plagios. Un plagio es, por definición, una copia que niega serlo, una apropiación del talento ajeno. Los plagios también son ilegales, pero no siempre lo fueron. El plagio ha sido tipificado como delito hace poco, y a partir de la proliferación de leyes que defienden la propiedad intelectual y los derechos de autor. La inclusión en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de los derechos de autor en 1948 posibilitó un marco en el que el plagio tiene una referencia que impulsará leyes para su penalización en todo el mundo.

[…]

Avanzado el siglo XX, la cosa se complica. Quizá la Brillo Box nos ofrece un caso en el que no solo se eleva a arte un objeto anodino, sino que además este objeto es –o al menos en sus imágenes lo parece– indiscernible del original, con la curiosa paradoja de que no solo no hay plagio, sino que en el caso del original no estamos ante arte, y en el caso de lo que debería ser plagio, sí. Y esto ya se parece mucho a la práctica apropiacionista característica de la posmodernidad. Arthur Danto trató de explicar en varias ocasiones los motivos por los que el objeto producido por Warhol es arte, y en cambio la caja original, no. En su libro Qué es el arte, Danto dedica varias páginas a contextualizar la artisticidad de la Brillo Box de Warhol, describiéndola detalladamente no solo en su materialidad, sino sobre todo en su significado.

Más allá de un caso concreto, el apropiacionismo, otros movimientos artísticos derivados y extrapolaciones de todo tipo han hecho que la noción de plagio parezca diluirse hasta la desaparición. Sin embargo, al igual que en el caso de la copia, las prácticas posmodernas en torno a estos conceptos han tenido como resultado su redefinición crítica. Así, una práctica apropiacionista puede eludir la acusación de plagio si demuestra convincentemente que estamos ante un comentario irónico de una obra preexistente: el espectador, para que entienda el significado artístico de lo que ve, ha de conocer la existencia de la imagen u objeto de la que se deriva la apropiación. Si no es así, no existe comentario, y probablemente estamos ante un plagio».

(Tomás Pariente Dutor: «Copia, plagio y apropiación», 12 de octubre del 2014. En línea: https://grabadoliquido.blogspot.com/2014/10/copia-plagio-y-apropiacion.html?m=1.)

Uso legítimo de la apropiación

«[…] la apropiación constituye una transformación de una obra originaria en la cual se toma uno de sus elementos característicos y se descontextualiza ubicándolo en otro escenario. Para ello se vale además de la parodia para realizar una crítica a la obra misma.

[…] un artista que quiera hacer un uso legítimo de la apropiación como recurso artístico tendría que usar la obra anterior únicamente en la extensión necesaria para que el espectador identifique la obra original. […] Adicionalmente, sería necesario que se indicara el autor de la obra originaria y el título de su obra».

(Diego Guzmán: «El derecho a la cita y la apropiación artística», Departamento de la Universidad Externado de Colombia, 2014. En línea: https://propintel.uexternado.edu.co/el-derecho-de-cita-y-la-apropiacion-artistica/.)

Reconocimiento de la obra original

«[…] existe una línea muy fina entre la apropiación y el plagio. Para que haya apropiación es necesario que, así como un escritor cita las ideas de otros autores, el artista dé claves visuales de la fuente que se está apropiando, para que quien la observe reconozca la obra original.»

(Cristina Lleras, PhD en Museología, citada por J. D. Correa en: «Cuando la creatividad se mueve en la cuerda floja», Periódico Arteria, 45, agosto-setiembre 2014, Colombian Art Crafts SAS y Fundación Arteria, Bogotá.)

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