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La dirección de informaciones de la Contraloría General de la República informó de la habilitación de una mesa especial en la sede de la institución para recibir la declaración jurada de bienes de funcionarios que asumen y de aquellos que dejan cargos en organismos del Estado.
El artículo 104 de la Constitución Nacional, De la declaración obligatoria de bienes y rentas, expresa: “Los funcionarios y empleados públicos, incluyendo los de elección popular, los de entidades estatales, binacionales, autárquicas, descentralizadas y, en general, quienes perciban remuneraciones permanentes del Estado están obligados a prestar declaración jurada de bienes y rentas, dentro de los quince días de haber tomado posesión de su cargo, y en igual término al cesar el mismo”.
La presentación de la declaración jurada de bienes se realiza ante la Contraloría General de la República.
Precisamente, la dirección de información de esa dependencia estatal informó que se habilitó una mesa especial para ello. La presentación se deberá hacer en el local, previa certificación de los documentos por escribanía, indicaron. En cuanto al horario de atención, la mesa está habilitada de lunes a jueves, de 06:00 a 17:00 y los días viernes de 06:00 a 15:00. Numerosos son los funcionarios que el 15 de agosto fueron designados en la función pública. Por lo que el jueves 5 de setiembre es el plazo que le da la Constitución Nacional para cumplir con la exigencia constitucional.
En igual sentido, quienes cesaron en sus funciones el 15 de agosto, también están obligados a presentar su declaración de bienes en los 15 días hábiles a partir de la mencionada fecha. La no presentación de declaración de bienes hasta ahora no tiene sanción alguna, ya que el proyecto de ley sancionado por Diputados fue cajoneado por el Senado desde abril pasado. Sin embargo, la Cámara de Diputados el pasado martes 12 resolvió que se envíe al Poder Ejecutivo la ley sancionada para que el citado poder la promulgue y entre en vigencia la ley.