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Negó de manera enfática que la empresa haya violado el marco jurídico establecido en la Ley 1016/97.
Con referencia a las prórrogas establecidas por Conajzar en beneficio de SES SA mencionó que “es atribución de la comisión nacional establecer ampliaciones en los contratos, no es algo novedoso implementar este sistema dado que se utiliza en forma extendida en el ámbito civil”.
Agregó que “el casino no es un juego nacional, por lo tanto, no rige la obligación de llamar a licitación cada cinco años dado que la misma legislación indica que la convocatoria es para los juegos de carácter nacional”.
Mencionó que “existen dictámenes de la Contraloría General de la República, de la misma Procuraduría General, que coinciden en señalar que el casino no es juego nacional, por lo tanto, la Conajzar tiene atribuciones legales para establecer prórrogas”.
Dijo que “los organismos de control estatal establecieron resoluciones donde dejan constancia de que las prórrogas pueden llevarse a cabo de manera legal dado que la ley impone la obligación de llamar a licitaciones a aquellos juegos de azar que sean nacionales que no es el caso de los casinos”.
Como prueba de cumplimiento de contrato, el abogado Núñez mencionó que en la ciudad de Caaguazú se está construyendo un moderno hotel con una inversión que ronda los 2,5 millones de dólares como parte de la contrapartida de SES SA por la concesión del casino en nuestra capital.
Finalmente, expresó que “nuestro funcionamiento es absolutamente legal y no existe ninguna situación que pueda ser calificada como ilícita”.