Juristas dicen que Díaz Verón ya tiene que estar imputado

Abogados coinciden en que el fiscal con permiso Javier Díaz Verón debe ser imputado al no existir razonabilidad de ganancias para los bienes acumulados por su familia e incluso hablan de lavado de dinero. Exfiscales señalan que se está obstruyendo la investigación al no existir medidas cautelares y hay riesgo de quema de archivos.

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Varios abogados así como exfiscales refieren que con los indicios que salieron a la luz, el fiscal con permiso Javier Díaz Verón ya tiene que estar imputado como procesado junto con su esposa María Selva Morínigo y sus hijos Alejandro Díaz Morínigo y Yerutí Díaz Morínigo. (Ver infografía) 

Después de la estancia modelo de 8.000 hectáreas en el Chaco con millonarias inversiones, que Díaz Verón atribuye a su suegra María Selva Apolonia Vargas, una ama de casa sin registros laborales con antecedentes por abigeato y estafa, así como a sus cuñados sumidos en deudas y acogotados con demandas por mora, apareció dinero de su esposa e hijos en dos sociedades por valor de G. 3.000 millones. Dijeron a la Seprelad que esos fondos son pagarés.

“Es una vehemente flagrancia, no solamente suya sino es un delito al oficio. ¿De dónde sale ese dinero? Solamente puede tener origen delictual porque no tiene una razonabilidad de ganancia. No solamente él, sino su esposa e hijos tienen que estar totalmente procesados. Hay una obligación de imputación, tiene que estar procesado pero no va a suceder porque es un hombre funcional a todos los partidos políticos”, sostuvo el abogado Osvaldo Granada.

“Si es que la esposa y los hijos no justifican los G. 3.000 millones con ingreso de la actividad privada bajo declaración impositiva, ni tienen empleos conocidos, hay un indicio razonable para imputar por enriquecimiento ilícito del funcionario. Existe la sospecha de que el dinero proviene del funcionario y que esas personas constituyeron la sociedad con dinero proveniente de esa actividad ilegal con lo cual podrían estar participando de un lavado de dinero, ya que simulan el origen de algo. También es ocultamiento de dinero ya que nadie ve esa plata a mi nombre sino a nombre de la sociedad”, explicó por su parte el abogado Ricardo Preda.

El exfiscal del crimen Alejandro Nissen dijo que “el artículo 302 del Código Procesal Penal establece que solo con existir la sospecha de la comisión de un hecho punible obliga al agente fiscal a formular la imputación. Cuando existe una sospecha y tenemos todos estos indicios, algunas evidencias, eso quiere decir que ya se cumplieron los requisitos y no existe ningún motivo para no imputar”.

Nissen remarcó que con la actual conducta de la fiscalía, “lo que se está haciendo es obstruir la investigación. Con la imputación se solicitan medidas cautelares al juez y una de esas medidas cautelares que deben ser pedidas al juez es precisamente la desvinculación y la prohibición de que Díaz Verón se acerque al Ministerio Público, que entre en contacto con cualquier agente fiscal, porque él es de la casa y tiene todos los contactos adentro para que puedan desaparecer las evidencias. Hasta se puede llegar a la famosa quema de archivos, entonces este señor tiene que estar de alguna manera impedido como sea de acercarse y vincularse con agentes del Ministerio Público”.

El exfiscal de Delitos Económicos también manifestó que “hay demasiados elementos para imputar, como los G. 3.000 millones, que la escribana de la SA dice que lo que ella consignaba era plata en efectivo”.

Peligro de prescripción

Según el exfiscal Alejandro Nissen, en este caso como en muchos otros, es un mal que el Ministerio Público investigue sin oficialmente abrir con imputación. Corre el tiempo para la prescripción de la sanción penal. La prescripción del delito corre paralelamente a la de la sanción y puede ser una maniobra. 

Se dilata el proceso y cuando el fiscal exige la imputación, resulta que ya prescribió el hecho.

rossana.escobar@abc.com.py

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