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La fiscala Yolanda Portillo acusó por transgresión a la Ley N° 4036/2010 “De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines, y solicitó juicio oral para Rubén Moisés Galeano (19 años) Luis Osvaldo Sánchez González (54) y Brian Esteban Martínez Jara (20), quienes aparecen en los vídeos de circuito cerrado del local partidario del PLRA, en la noche del 31 de marzo y madrugada del 1 de abril de 2017, tras las protestas antirreelección donde se incendió parte del Congreso Nacional.
Uno utilizó la bomba
El Ministerio Público refiere que Galeano el 31 de marzo de 2017, siendo las 23:30 aproximadamente se encontraba en el segundo piso del local del PLRA, ubicado sobre la calle Iturbe N° 936, donde se encontró con Sánchez, quien tomó las botellas con líquido inflamable y le indicó con las manos a Galeano la forma de utilización de la bomba Molotov, y le entregó además un pedazo de tela de color amarillo que sería utilizado como mecha.
Galeano, a diferencia de los otros dos acusados, utilizó el material incendiario al arrojar la bomba hacia el interior del pasillo principal, en instantes en que efectivos policiales ingresaban a la sede del Partido Liberal. Galeno se resguardó detrás de una pared con ventanas de vidrio, indica la acusación.
Con relación Sánchez y Martínez Jara, el Ministerio Público señala que si bien no arrojaron el material incendiario como lo hizo Galeano, ambos realizaron las mismas actividades para elaborar, fabricar y distribuir las bombas caseras conocidas como “cóctel o bomba Molotov”, a otros sujetos que se encontraban en el interior del local partidario aquella noche, entre ellos Stiben Patrón.
Llevaron las bombas
En la filmación de circuito cerrado del PLRA también se observa que a las 00:41 del 1 de abril de 2017, dos personas no identificadas que se encontraban en el lugar, envolvieron las bombas con una tela y las introdujeron en una bolsa para sacarlas del sitio.
Sobreseimiento
La Fiscalía solicitó al juez penal de garantías Gustavo Amarilla Arnica, el sobreseimiento definitivo de Osvaldo Daniel Aquino Notario (30), porque no puede demostrar que la bolsa que introdujo en el PLRA haya contenido materiales incendiarios.
Pena de hasta 10 años
- Rubén Moisés Galeano fue acusado según la Ley 4036/10, artículo 94, inc. b (detentación de armas de fuego, explosivos, accesorios y afines) y el artículo 99 (hechos punibles conexos como la tentativa, la complicidad, la organización, la dirección, la ayuda, la incitación, la facilitación... El que sea incurso dentro de estas actividades, será castigado con pena privativa de libertad de hasta diez años).
- Luis Osvaldo Sánchez y Brian Esteban Martínez Jara por los artículos 94, inc. b, 99 y 97 inc. a (fabricación ilícita: castiga con hasta 10 años).