CIDH llama la atención por la muerte en cárcel de Itauguá

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresó su preocupación por la muerte violenta de dos adolescentes en el Centro Educativo de Itauguá, ocurrida el 21 de abril pasado. Insta al Estado a adoptar medidas para evitar que vuelva a ocurrir y pide investigar y sancionar a responsables.

El organismo regional señala que el Estado, como garante de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, tiene el deber jurídico ineludible de adoptar acciones concretas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de los reclusos; particularmente aquellas medidas orientadas a prevenir y controlar los posibles brotes de violencia en las cárceles.

Recuerda, además, que la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció en el año 2004, en su sentencia sobre el caso del Instituto de Reeducación del Menor vs. Paraguay, que “cuando el Estado se encuentra en presencia de niños privados de libertad tiene además de las obligaciones señaladas para toda persona, una obligación adicional establecida en el artículo 19 de la Convención Americana. Por una parte, debe asumir su posición especial de garante con mayor cuidado y responsabilidad, y debe tomar medidas especiales orientadas en el principio del interés superior del niño”.

Subraya que las reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad disponen que “solo podrá hacerse uso de la fuerza o de instrumentos de coerción en casos excepcionales, cuando se hayan agotado y hayan fracasado todos los demás medios de control y solo de la forma expresamente autorizada y descrita por una ley o un reglamento”, y que, “en todo centro donde haya menores detenidos deberá prohibirse al personal portar y utilizar armas”. Agrega que incluso las armas no letales o incapacitantes deben usarse de acuerdo con principios de necesidad y proporcionalidad, procurando emplearse primero otros medios no lesivos.

También considera como una grave deficiencia estructural del sistema de justicia juvenil, el hecho, destacado por Unicef, que la mayoría de los adolescentes privados de libertad no cuenta con una sentencia.

Indica que los criterios de la detención preventiva en el caso de niños, niñas y adolescentes deben aplicarse con mayor rigurosidad, procurándose un mayor uso de otras medidas cautelares o el juzgamiento en libertad. Exige la investigación y castigo de los responsables.

Enlance copiado
Cargando...Cargando ...