Cargando...
La Ley N° 834/96 Código Electoral, en su Art. 290, señala que en los comicios internos de los partidos políticos las propagandas electorales tienen dos plazos y están discriminadas: durante 60 días contados retroactivamente desde dos días antes de las internas previstas para el 17 de diciembre próximo. Rige para diarios, revistas, afiches e impresos en general. Es decir, desde el 16 de octubre hasta el 15 de diciembre. Y 30 días retroactivos para otros medios masivos de comunicación social (radio, TV y digital). Desde el 15 de noviembre al 15 de diciembre.
Para las generales, la propaganda (diarios, revistas, afiches e impresos en general) se extiende por 120 días (del 22 de diciembre al 20 de abril de 2018) y 60 días para radio, TV y digital (del 20 de febrero al 20 de abril).