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El 17 de diciembre de 2012, María Raquel Dirks Díaz firmó un contrato de arrendamiento en favor de la señora María Magdalena Díaz de Dirks, su madre.
El documento deja constancia de que María Magdalena se presenta “en su calidad de presidenta y como representante legal de Agro Nikas SA”.
El contrato de arrendamiento de establecimiento agrícola e implementos consta de cuatro páginas.
En ninguna de las cuatro páginas se encuentra la autorización del propietario para que María Raquel pueda subarrendar su inmueble.
En el documento, ambas mujeres dejan constancia de que el propietario de la finca es el ciudadano alemán Karl Anton Haussler.
Saben quién es el dueño. El punto primero del contrato de alquiler expresa textualmente: “La Srta. María Raquel Dirks Díaz, en el carácter acreditado, otorga en arrendamiento a Agro Nikas SA el establecimiento agrícola asentado en la finca Nro. 1275 del distrito de Capitán Meza, individualizado más arriba, propiedad del Sr. Karl Anton Haussler” (negritas son nuestras).
¿Y cuál es el carácter acreditado por María Raquel, hija de María Magdalena? Solo arrendataria.
María Raquel fue beneficiada por su padre, Kaspar Dirks, con un contrato de arrendamiento firmado el 20 de octubre de 2011.
Con anterioridad, el 19 de julio de 1997, el propietario Karl Anton Haussler estableció el arrendamiento en favor de Kaspar Dirks.
A espaldas del propietario
Es muy simple seguir la línea de los documentos: Karl Anton Haussler arrienda a Kaspar Dirks; Kaspar subarrienda a su hija, María Raquel; y María Raquel vuelve a subarrendar, esta vez en beneficio de su madre, María Magdalena.
En el momento de la firma del contrato, ambas mujeres sabían perfectamente bien quién era el dueño de la tierra, es más, lo nombran en el documento.
Pero ninguna de ellas pidió autorización al propietario para el subarrendamiento. El contrato entre María Raquel y María Magdalena no tiene valor alguno, es nulo porque no existe autorización escrita para que puedan establecer el arreglo.
María Raquel tiene un contrato legítimo con su padre, Kaspar, porque existió un poder de administración otorgado por el dueño.
Pero María Raquel era una simple subarrendataria sin autorización para volver a subalquilar.
No termina aquí: Kaspar no pagó por el arrendamiento; María Raquel, tampoco; María Magdalena, menos.
Desde 1997 la familia
Dirks Díaz tiene posesión de 1.742 hectáreas sin haber pagado un solo dolar al propietario. Y ahora pretenden seguir usurpando una legítima propiedad.
Documento nulo
En la tarde del viernes, los abogados Alvir Wittman Muller y Pablino Servín González, representantes de Agro Nikas SA, llegaron a la redacción de ABC Color para expresar puntos de vista con referencia al conflicto en torno a la tierra legítima de los Eisen.
Los abogados Wittman y Servín vinieron a la capital en la avioneta de Nivaldo Ourikes Kestring, según consta en los registros de la Dinac.
Ambos sostuvieron que Agro Nikas SA tiene derecho a seguir en posesión de la finca de 1.742 hectáreas “hasta el 2018 y luego veremos”.
En favor de Agro Nikas SA esgrimen el contrato firmado entre la empresa y María Raquel Dirks Díaz; este documento es nulo de toda nulidad ante la inexistencia de un permiso expreso del propietario.
El ordenamiento jurídico de nuestro país no acepta el usufructo de un inmueble sin consentimiento del propietario.
¿Dónde está el permiso de Karl Anton Haussler para que madre e hija dispongan de su terreno? No existe.
Agro Nikas SA no puede seguir en posesión de tierra ajena. El inmueble fue vendido por Karl Anton Haussler a la familia Eisen, en 10 millones de dólares, en cuotas iguales, a ser pagadas “a cosecha”.
Este es el momento en que los Eisen no pueden disponer de la propiedad que adquirieron, es más, actualmente están con arresto domiciliario ante una denuncia de lavado de dinero presentada por Juan Eudes Afara (vicepresidente de la República) y Luis Aníbal Schupp.
El tema Eisen es un caso que cubre de vergüenza a la justicia. Si es que tiene...