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El primer proyecto de ley reglamenta varios artículos del Código y tiene como fin legislar sobre la distribución de multas generadas a partir de las faltas e infracciones aduaneras, apuntando a establecer un sistema más equitativo y eficiente que redituará, en un mejoramiento de los ingresos tributarios del país y la disminución de la evasión y elusión final, según los proyectistas que pertenecen a la ANR y al PLRA.
El proyecto establece que una vez ingresados y pagados los aranceles, impuestos, recargos y las multas por el infractor, el 50% del monto de las multas percibidas será distribuido en un 30% para los denunciantes y en un 70% será liquidado y transferido conforme al periodo de liquidación que será reglamentado por la Dirección Nacional de Aduanas, a la cuenta habilitada para su distribución entre los funcionarios, conforme al procedimiento establecido en la ley. El otro 50% restante será ingresado en la cuenta de Recursos Institucionales de la Dirección Nacional de Aduanas.
El segundo proyecto de ley plantea la modificación y ampliación de varios artículos del Código Aduanero en el que se pretende dar respuesta a los pequeños productores hortifrutícolas, en defensa de la producción nacional para evitar el contrabando.
Se establece en la propuesta legislativa los casos de agravantes en los que se considerarán crimen y se elevará la pena privativa de libertad de cinco a quince años. También para los casos de contrabando de menor cuantía, si el valor de las mercaderías fuese menor a cinco jornales mínimos, para actividades diversas no especificadas de la Capital, se aplicará el comiso de la misma quedando exonerado el infractor de la responsabilidad penal.