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Los siguientes feriados se mantienen en el día que caen en el calendario: miércoles 15 de agosto, día que se recuerda la Fundación de Asunción (1537) y celebración religiosa de la Virgen Nuestra Señora de la Asunción. En esta fecha se realiza el traspaso de mando presidencial.
Prosigue el sábado 29 de setiembre se recuerda la Batalla de Boquerón (1932); sábado 8 de diciembre es el Día de la Virgen de Caacupé y el martes 25 de Diciembre, Navidad.
Desde el 2001 con la Ley 1723 el Ejecutivo queda autorizado a mover al lunes los días feriados para evitar el corte de la semana laboral. Desde entonces entre noviembre y diciembre de cada año el Ejecutivo emite el decreto estableciendo las fechas móviles para el año siguiente y dispone los días no laborales.
La Ley 1723 aclara que si bien autoriza al Ejecutivo a trasladar los feriados al día lunes para tener una mayor eficiencia laboral, dispone que no se podrán mover y trasladar al lunes los siguientes feriados: 1 de enero, Año Nuevo; 14 y 15 de Mayo, Día de la Independencia Patria (1811); 8 de diciembre, Día de la Virgen de Caacupé; 25 de diciembre, Navidad; y por supuesto los días Jueves y Viernes Santos.