Polémica por inusual condena a un médico por operar en “clínica mau”

El juicio oral y público al médico argentino Miguel Ángel Cavallo concluyó con una condena al galeno a dos años de prisión -con suspensión a prueba de la condena a cambio de realizar 24 cirugías- y más dudas que certeza respecto a su situación legal.

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El Tribunal de Sentencia presidido por Manuel Aguirre e integrado por Blanca Gorostiaga y Rossana Maldonado condenó al argentino Miguel Ángel Cavallo a dos años de prisión, con suspensión a prueba de la condena a cambio de realizar una cirugía reconstructiva al mes durante 2 años, en el Hospital del Quemado.

En su alegato final, el fiscal Yoan Paul López solicitó una condena de tres años de prisión para Cavallo, cuyo proceso se inició a partir de una denuncia de supuesta mala praxis de la paciente Karina Gómez. En juicio, Gómez pidió una condena de 4 años de prisión para el acusado.

El hecho acusado y comprobado en juicio es el de declaración falsa, previsto en el artículo 243 del Código Penal. La acusación sostiene que Cavallo incurrió en el referido ilícito al realizar procedimientos quirúrgicos en una vivienda ubicada en la calle Melvin Jones 651 del barrio Carmelitas, pese a que dicho local no estaba habilitado para el efecto.

Una de las pruebas ofrecidas es una resolución del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, del 18 de agosto del 2016, que sancionó al establecimiento denominado “Cirugía Plástica Dr. Miguel Cavallo” con una multa de 100 jornales, equivalentes a G. 7.015.600, “por encontrarse abierto al público sin contar con la habilitación previa correspondiente y por la realización de procedimientos quirúrgicos en un área no declarada en el expediente de solicitud de habilitación en la Dirección de Establecimientos”.

Otra de las pruebas presentadas por López es un informe remitido el 16 de setiembre del 2014 por la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora (SACPER) al presidente de la Sociedad Paraguaya de Cirugía Plástica Reconstructiva y Estética (SPACPRE), Dr. Julio Recalde, que aclara que Cavallo no es miembro titular de dicha sociedad, motivo por el cual no registran datos del citado profesional.

Recalde informó a la Fiscalía que si bien Cavallo solicitó en el 2009 ser certificado como especialista en Cirugía Plástica, dicha solicitud fue rechazada por carecer de documentos respaldatorios correspondientes, tales como certificado de estudios completo, certificado de médico general expedido por el CPM, certificado de antecedentes profesionales expedidos por el Colegio Médico de Argentina, certificado de culminación de la especialidad legalizados y autenticados, entre otros.

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