La Sala Constitucional también ordenó el reenvío de la demanda a otro juez en lo laboral para que inicie nuevamente el proceso.
Al respecto, la preopinante, la ministra Gladys Bareiro, indicó: “Durante el proceso se observa una desprolija y hasta deficiente actividad probatoria de las partes, no se han aportado pruebas respecto al daño moral reclamado por Pintos, ni los demás rubros que integran el monto global reclamado, el fallo que analizamos carece de fundamentación y contiene omisiones y desaciertos de gravedad extrema que lo invalidan como acto jurisdiccional, todo lo acontecido en el presente proceso fue irregular desde la demanda misma, la forma de la resolución de las cuestiones previas, la deficiente actividad probatoria y la valoración de las pruebas, la falta de determinación específica y puntual de los rubros de la condena, ello crea la fuerte sospecha de que existió en el caso en análisis una colusión grave entre agentes, partes del proceso y hasta terceros para obtener un provecho económico en detrimento de una entidad multinacional, que deja una tenebrosa sombra sobre la Justicia paraguaya”.