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La Sala Constitucional descartó las acciones promovidas por el capitán de Navío DEM José Domingo Lezcano Chávez y el Tte. F. Int. Gustavo Velázquez Fromherz, contra las sentencias dictadas por el juzgado militar del 2° turno el 22 de marzo del año pasado y el Acuerdo y Sentencia dictado el 10 de octubre, por la Suprema Corte de Justicia Militar.
“(...) Para darle curso favorable es menester que quien alega conculcaciones de principios de la Carta Magna, funde su petición en términos claros y concretos que demuestren fehacientemente la forma en que se han lesionado sus derechos, no bastando el relato de las actuaciones y afirmaciones”, explica el fallo firmado por los ministros Antonio Fretes, Miryam Peña y Gladys Bareiro.
Lezcano y Velázquez, exdirector del Centro Financiero número 3 de la Armada y exjefe de Recursos Humanos de dicha unidad, respectivamente, fueron condenados a 6 y 2 años de prisión en marzo de 2016, en un proceso abierto por falsedad, malversación, defraudación y falta contra la disciplina militar.
En agosto del 2014, Lezcano solicitó a sus superiores iniciar una auditoría en el organismo a su cargo, para deslindar responsabilidades de irregularidades detectadas. La verificación permitió constatar un desvío de G. 1.200 millones, por el cual el denunciante fue procesado y finalmente condenado, junto con otros militares que acompañaron la denuncia, Velázquez y el Cap. Fabio Marecos, extesorero sentenciado a 2 años de prisión.
En mayo del año pasado, la jueza Luz Marlene Ruiz Díaz rechazó hábeas corpus a favor de Lezcano y Velázquez, quienes están presos en la prisión militar de Viña Cué.
Proceso penal
Paralelamente, la fiscala penal Victoria Acuña abrió una investigación a partir de la denuncia de Lezcano y procesó a diez empleados militares que se autoasignaron bonificaciones, subsidios y viáticos, con un perjuicio para las Fuerzas Armadas de G. 779.241.276.