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En su sitio web, la Corte Suprema, que tomó el caso por su condición de parlamentario, “juzgó improcedente la acción penal” contra Collor “por la supuesta práctica de los delitos de falsedad ideológica, corrupción pasiva y desvío de dinero”.
La magistrada Carmen Lúcia Antunes Rocha, relatora del caso, y su revisor, Dias Toffoli, “juzgaron improcedente la acción por falta de pruebas sobre la autoría y materialización de los delitos”, añadió la nota.
El resto de los magistrados acompañó el voto. Algunos jueces incluso se pronunciaron únicamente respecto del delito de desvío de dinero público porque consideraron que los otros dos casos ya habían prescrito. “Castigar a alguien en 2014 por hechos ocurridos en 1991, en mi visión, sería casi que castigar a otra persona, pasado tanto tiempo”, estimó el magistrado Luis Roberto Barroso.
La fiscalía aseguraba que Collor había favorecido a empresas de publicidad mediante la firma de contratos con el gobierno a cambio de sobornos. Según la fiscalía, el exgobernante usó ese dinero para pagar la pensión alimentaria de un hijo extramatrimonial.
La denuncia contra Collor llegó a la justicia en 2000. En 2007 el exgobernante fue electo senador hasta 2015 por el Partido Laborista Brasileño, por lo que su caso fue juzgado por el STF. El presidente del STF, Joaquim Barbosa, aseguró que el atraso en el juicio es “un retrato de cómo funciona la justicia criminal brasileña”, citado por el sitio de noticias G1.
El 12 de diciembre de 1994, el expresidente Collor, hoy con 64 años, ya fue absuelto por ocho de los 11 miembros del STF por falta de pruebas de las denuncias de corrupción pasiva, que provocaron su juicio político en el Senado en diciembre de 1992.