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AREGUÁ (Arnaldo Espínola, corresponsal).- Las municipalidades que publican informaciones referentes a la lista de funcionarios y sus respectivos salarios y remuneraciones son Luque, Mariano Roque Alonso, Lambaré, Itauguá y San Lorenzo, según las informaciones proveídas por los ejecutivos comunales.
Las comunas que no cumplen con la normativa y que siguen ocultando la cantidad de funcionarios y salarios son Areguá, Villa Elisa, Limpio, San Antonio, Ñemby, Fernando de la Mora, Villeta, Capiatá, J. Augusto Saldívar, Guarambaré, Ypané, Ypacaraí, Itá y Nueva Italia.
La mayoría de las comunas no cuentan con página web.
El caso que afecta a la Municipalidad de Limpio, a cargo del intendente Ángel Gómez Verlangieri (PLRA), es bastante peculiar, teniendo en cuenta que, a pesar de contar con el sitio web, no publica la cantidad de sus funcionarios y los salarios que perciben.
En cambio, la Municipalidad de Areguá, dirigida por el intendente Osvaldo Leiva (ANR), no cuenta con la página web y tampoco informa sobre sus funcionarios permanentes y contratados.
Según el jefe de prensa, Orlando Cáceres, la Municipalidad informa de sus actividades a través del Facebook, pero allí tampoco aparece la lista de los funcionarios.
Según Cáceres, el Municipio de Areguá cuenta con unos 150 funcionarios, entre permanentes y contratados.
El jefe de prensa de la Municipalidad de Luque, Damián Espínola, explicó que la Comuna cuenta con 524 funcionarios, 151 de ellos nombrados y 373 contratados. Además, aparecen en la lista 9 contratados del Congreso, INC, MOPC y hasta de la comisaría 3ª de Luque.
La Gobernación de Central, a cargo de Lanzoni, cuenta con 87 funcionarios permanentes (nombrados).
Llamativamente, no figura ni un solo contratado, según se puede apreciar en la página web de la institución.
Intentamos hablar con Lanzoni, pero nos informaron que se encuentra por São Paulo, Brasil.
Aplicación de la Ley 5189
La Ley 5189/14 establece en su Art. 1º que “todos los organismos o entidades públicas, entes binacionales y aquellos en los que el Estado paraguayo tenga participación accionaria, u organismos privados que administren recursos del mismo, deberán difundir a través de portales electrónicos en internet todas las informaciones de fuente pública, relativas al organismo o la entidad y a los recursos administrativos y humanos de los mismos”.
Conforme al Art. 8º, los titulares de los organismos o entidades públicas que incumplan la obligación de informar serán castigados con 180 días de multa.
Así como en Alto Paraná y Alto Paraguay, en Central el acatamiento a esta disposición es muy bajo.