Arrendamiento de tierras de nativos para cultivo de soja genera conflicto

Los líderes de las comunidades indígenas Mba’e Katu, Cuatro Bocas y Primero de Marzo en zona de Curuguaty arriendan parte de sus tierras a sojeros brasileños. El caso viola el Art. 64 de la Constitución Nacional.

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CURUGUATY, Dpto. de Canindeyú (Pablo Medina, corresponsal). El capítulo V de la Constitución Nacional, referente a los pueblos indígenas, en el artículo 64 señala que los pueblos indígenas tienen derecho a la propiedad comunitaria de la tierra, en extensión y calidad suficientes para la conservación y el desarrollo de sus formas peculiares de vida.

Agrega que el Estado les proveerá gratuitamente de estas tierras, las cuales serán inembargables, indivisibles, intransferibles, imprescriptibles, no susceptibles, no susceptibles de garantizar obligaciones contractuales ni de ser arrendadas; asimismo, estarán exentas de tributo.

Sin embargo, pobladores de la colonia Paso Real denunciaron que los líderes indígenas Clotilde Portillo López, de la comunidad Mba´e Katu; Narciso Duarte Benegas, de Cuatro Bocas, y Luciano Vargas, Primero de Marzo, alquilan sus tierras a un colono brasileño.

Aseguraron que unas 600 hectáreas, de las 1.480 que abarcan las tres comunidades indígenas, fueron cedidas a colonos brasileños para cultivo de soja. Los lugareños indicaron que en una reciente asamblea popular se tomó la decisión de intervenir en los trabajos de preparación de suelo para la siembra de soja a manos de brasileños.

Según datos, los líderes nativos firman “contratos de prestación de servicios” para maquillar el arrendamiento de las tierras para el cultivo de soja. El alquiler dura mínimo cinco años.

Los brasileños se encargan de mecanizar el área arrendada y el pago se realiza con el 5, 10 y 15 por ciento del rendimiento de los tres primeros periodos de producción de soja. El porcentaje de beneficio en las dos últimas zafras llega hasta el 20 por ciento de la producción, según fuentes.

Según la escribana local Amada Gutiérrez, el contrato de arrendamiento de las propiedades de los indígenas no está permitido. Sin embargo, admitió que “preferentemente los indígenas piden contrato de prestación de servicios de personas que poseen maquinarias agrícolas. Lo que está detrás del contrato nosotros (los escribanos) ya no sabemos”, dijo.

Problema interno

El arrendamiento de las tierras genera un conflicto interno en las tres comunidades indígenas. Según nativos que no comparten el negocio de los líderes, el beneficio por el alquiler de las tierras solo llega a los líderes. Los disidentes pidieron ayuda a los vecinos para forzar una intervención de Secretaría del Ambiente (Seam), el Instituto Paraguayo del Indígena (Indi) y el Ministerio Público.

Intentamos hablar con los líderes nativos: Clotilde Portillo López, Narciso Duarte Benegas y Luciano Vargas, pero sus celulares estaban apagados.

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