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Una de las inquietudes que surgieron con relación a la aplicación del SOAT era el criterio que adoptarán los sanatorios en el momento de acoger a las víctimas de accidentes, ya que las tarifas entre una institución y otra difieren mucho y no existe un criterio uniforme en la práctica. Sin embargo con relación al SOAT será distinto. Según explicó Martínez, la reglamentación del seguro obligatorio contempla una tarifa uniforme que los sanatorios, sean públicos o privados, deberán respetar.
“La Superintendencia de Seguros tiene la facultad de determinar la póliza, y para el SOAT la tarifa es única, ya sea en un sanatorio público o privado”, apuntó.
El titular de la Superintendencia de Seguros explicó además que el auxilio a las personas accidentadas deberá hacerlo el sanatorio público o privado que tenga la infraestructura necesaria y el que esté más cerca del evento, ya que la prioridad es salvaguardar las vidas de las personas.
Para eso incluso se podrá recurrir a la casa del médico que esté más próximo. Esto especialmente para los eventos que ocurran en localidades muy alejadas de los sanatorios y centros asistenciales.
El personal médico que auxilie a las víctimas podrá solicitar el reembolso de los gastos que ocasione la atención de las personas, con cargo al SOAT
“A no ser que la institución no cuente con la infraestructura adecuada o el lugar esté lleno, los sanatorios tienen el compromiso de auxiliar a las personas”, afirmó. Incluso los sanatorios que se nieguen a atender sin causa justificada se exponen a una imputación por omisión de auxilio.
Agregó que para la supervisión y control sobre que los procedimientos se ejecuten adecuadamente, se conformó un equipo multisectorial, integrado por la Superintendencia de Seguros, la
Superintendencia de Salud, las compañías aseguradoras, el Ministerio de Salud, etc., que aportan ideas en la elaboración del reglamento que regirá para la aplicación del SOAT en el país.
El presidente de la República, Federico Franco, promulgó la semana pasada la Ley 4950, que da luz verde al seguro obligatorio contra accidentes de tránsito. El sistema regirá desde el 2014, con un pago anual de G. 180.000 para motociclistas y G. 300.000 para automovilistas.