Proyecto del fisco establece mínimos ajustes tributarios a tabaco y bebidas

El proyecto de modernización del sistema tributario establece cambios en tasas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), para bebidas y tabaco, aunque no difieren mucho de las vigentes actualmente, según se puede apreciar en el borrador que socializarán desde esta semana.

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El artículo 108 del proyecto de modernización y simplificación del sistema tributario paraguayo sugiere un ajuste del Impuesto Selectivo al Consumo en casi todos sus componentes. Por ejemplo, para el rubro de tabaco que actualmente contribuye con una tasa del 18% se propone tasas de entre el 18% y 25%, que está por debajo de lo que se estaba discutiendo en el ámbito legislativo que era elevarlos entre el 30% y 40%. 

La última semana, por una mínima diferencia en el Senado se decidió postergar hasta marzo del próximo año el tratamiento de un proyecto legislativo para incrementar la contribución del ISC, tanto a las bebidas como al tabaco.

En lo que respecta a bebidas, este proyecto de Hacienda propone tasas diferenciadas según su composición y que estas tendrían un techo de un 8% al 20%. Además no se establece una tasa mínima, por lo que nada impide que sigan vigentes los valores actuales.

Por ejemplo, para cervezas que pagan actualmente una tasa del 10% podrían llegar a un máximo del 15%, sidras coñac que pagan 13% tiene un techo del 18% como máximo.

Consultada al respecto la Lic Alba Talavera, del Colegio de Contadores del Paraguay, indicó que estos rubros en particular deberían tener una contribución mayor, ya que se refiere a artículos de consumo que no son de necesidad básica y que por el contrario generan mucho gasto en salud, en el tratamiento de enfermedades que derivan del uso de tabaco y de bebidas alcohólicas, por lo concluye que deben contribuir más con el fisco.

Ajustes consensuados sobre IRP 

Por otra parte, Hacienda propone el Impuesto a la Renta de Personas Físicas para reemplazar al IRP, con cambios ya consensuados con los diferentes sectores para incluirlos en esta reforma tributaria, según precisó la profesional.

Entre algunos aspectos que se visibilizan en la propuesta de Hacienda se observa el de establecer una escala diferenciada del 6%, 8% y 10% sobre rentas netas derivadas de la prestación de servicios personales, según un nivel de ingreso que va a partir de G. 50 millones, hasta más de G. 250 millones.

Acerca de los gastos e inversiones deducibles, la normativa contempla adquisiciones como lanchas, cuadros, joyas u otros bienes similares, de gran cuantía, deberán considerarse como gasto y no inversión y que como tal podrá ser deducido únicamente en el año en que se liquida el impuesto, no podrá transferirse o compensarse a los siguientes periodos, como pasa con las inversiones.

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