Cargando...
Así lo señalaron Ricardo Chiola, de la Caja Mutual de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente de la Universidad Católica; Myriam Duria, de la Caja Mutual de Cooperativistas del Paraguay, y María Eva González, durante una visita que realizaron a la redacción de ABC Color para explicar los problemas que afectan al sector.
Señalaron que las organizaciones mutuales son anteriores y preceden a las cooperativas, compartiendo ambas una visión y misión de beneficio y retribución social, pero diferenciándose las primeras de las últimas por su objeto o finalidad única, principal y última, como lo es la jubilación de sus asociados.
Labor complementaria
A criterio de los mutualistas, las organizaciones colaboran o complementan la labor y responsabilidad del Estado de brindar cobertura jubilatoria, enfocándose en los puntos ciegos donde el Estado difícilmente tenga participación, como los profesionales independientes, comerciantes, docentes privados y otros, que no se encuentran cubiertos, por lo que de no ser atendidas hubieran significado un mayor déficit social para el Estado.
En la nota entregada a las diferentes comisiones del Senado, entre ellas la de Hacienda y Presupuesto, señalan que de acuerdo a criterios sostenidos por las distintas administraciones tributarias, las mutuales se constituyen en organizaciones sujetas o pasibles de tributación, obviando en primer término la labor subsidiaria que estas realizan, brindando cobertura a sectores descubiertos de servicios jubilatorios.
Añade, que se comete una afrenta a principios constitucionales plenamente consagrados y con sentencia de la Corte Suprema de Justicia, que concede las exenciones tributarias que corresponden a las mutuales, luego instrumentada a través de la Ley N° 3472/2008 de mutuales. ”Por tales consignas es que los actos que realizan las caja mutuales se encuentran exentos del IVA”, afirma.
Expresan que admitir la aplicación del IVA a los actos que las cajas mutuales realicen con sus asociados, constituirá un trato discriminatorio y pondría en pie de desigualdad a las mutuales con respecto a las cooperativas, siendo que ambas tienen la misma naturaleza: que es la satisfacción de necesidades individuales y colectivas, con la única diferencia que en la cooperativa se asocian para organizar una empresa económica y social y en las cajas mutuales para satisfacer sus necesidades de jubilación.
Cajas mutuales
Las mutuales que solicitan esta que las operaciones del sector sean exoneradas de impuestos son: la Caja Mutual de Cooperativistas, la Caja Médica, la Caja de Profesionales de la Universidad Católica y la Asociación de Mutualidad Notarial.
Proyecto de ley
El proyecto de ley de reforma impositiva está actualmente a consideración de la Cámara de Senadores, en las diversas comisiones asesoras.
El ministro de Hacienda, Benigno López, en ocasión de acudir la semana pasada a la reunión conjunta de comisiones, pidió a los legisladores que se apruebe el proyecto tal cual lo remitió el Ejecutivo. Sin embargo, existen senadores que no están de acuerdo con esta medida y pretenden introducir modificaciones, principalmente a las tasas del impuesto selectivo al consumo (ISC).