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“Creo que es una opción. Nunca (hubo), no existe ningún antecedente de un presupuesto que se haya vetado, pero te puedo asegurar que hay una convicción por parte del Poder Ejecutivo de hacer lo correcto y si hacer lo correcto en beneficio de la gente es vetar el presupuesto esa es una opción que no podemos descartar”, aseguró Peña.
El ministro fue consultado acerca de qué decisión tomaría el Ejecutivo si el Congreso llegara a aprobar una suba salarial para el sector público y esta situación obligue a Hacienda a tener que recortar los programas sociales para financiar esta mayor erogación.
Hacienda había estimado que un 10% de suba general implicaría un costo extra de US$ 340 millones y para cubrir, debería recortar los programas sociales como el de Adultos Mayores y de Tekoporã.
En el Congreso los principales referentes de la Comisión Bicameral de Presupuesto: el diputado Mario Cáceres (ANR) y la senadora Desirée Masi (PDP), presidente y vicepresidenta, respectivamente, dejaron en claro que si el Ejecutivo plantea el incremento no habría ninguna oposición de parte de los legisladores.
El aumento salarial para los funcionarios surge a partir del proyecto de ley que modifica el sistema de ajuste del sueldo mínimo y que ayer justamente fue presentado a consideración del Senado para su aprobación.
El eventual incremento tendrá un fuerte impacto en las finanzas del Estado de traspasarse a los funcionarios considerando lo que dispone la Ley de Responsabilidad Fiscal, que prevé esta posibilidad.
Peña volvió a insistir en que la referida ley dice que “puede aumentar” cuando hay un ajuste del mínimo, pero no que “debe incrementarse” necesariamente y, además, indicó que el decreto reglamentario establece que “si hay recursos financieros” para el efecto.
Aclaró que los salarios de solo dos sectores, policías y militares, están vinculados directamente al sueldo mínimo y serían modificados.
Sueldo mínimo
El proyecto de ley que presentó el Ejecutivo al Senado plantea que la propuesta de reajuste salarial para los trabajadores del sector privado se haga en el mes de junio de cada año, pero en caso de una profunda alteración de las condiciones macroeconómicas y financieras, en un periodo distinto.
La nueva redacción del artículo 255 del Código Laboral dice que la consideración del reajuste del salario mínimo será efectuada por el Ejecutivo a propuesta del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), en base a la variación interanual del IPC y su impacto en la economía nacional, al mes de junio de cada año.
Además, “en los casos de profunda alteración de las condiciones macroeconómicas y financieras o de elevadas tasas de inflación, el Consejo Nacional de Salarios Mínimos podrá reunirse en un periodo distinto al indicado anteriormente, y considerará para la fijación del porcentaje del reajuste, los informes sobre inflación y la situación económica y financiera del Banco Central del Paraguay y del Ministerio de Hacienda, como así también, las perspectivas o proyecciones inflacionarias y económicas respectivas”.
Parlamento decidirá
El ministro de Hacienda, Santiago Peña, dijo que el Ejecutivo acompaña el proyecto que surgió en la mesa tripartita entre los sectores obrero y patronal, que plantea que en junio de cada año el Consejo del Salario Mínimo se reúna y decida sobre el aumento, aunque indicó que podría darse el caso en que no se aconseje tomar esta decisión al Ejecutivo.
Sobre la posición del empresariado, que pide que se revise el tema cuando la inflación llega al 7%, dijo que deberían plantearlo al Congreso para que el Legislativo lo analice y decida finalmente.