La institución reguladora considera fundamental contar con una retroalimentación sobre las intenciones de modificación de las normativas, las cuales persiguen la mejora continua de la supervisión financiera.
Justamente el mes pasado, a través de la resolución 10 del Directorio, el BCP reglamentó un nuevo régimen de información para las EMPE, en la cual ordena la provisión de ciertos datos diarios, y otros mensuales y anuales, sobre cuentas activas e inactivas, usuarios existentes y otros tipos de transacciones.
La resolución del BCP establece que las EMPE deberán remitir diariamente información sobre los saldos a favor de usuarios, de comercios, de agentes y de puntos de venta, entre otros datos.
De manera mensual, deberán reportar sobre la cantidad de usuarios y cuentas existentes (activas e inactivas), reclamos y quejas, canales de acceso por distritos, casos de interrupción del servicio, fraudes y robos. De manera anual, deberán presentar los estados contables y financieros, así como auditorías y certificados de seguridad.
Compra de cartera
Con relación al reglamento de compra de cartera de créditos, el objetivo es establecer requisitos y condiciones a los que deben sujetarse las partes intervinientes en toda transacción de la que participe una entidad financiera regulada, fijando normas mitigadoras de riesgos a las que deben sujetarse las entidades supervisadas en la formalización de sus operaciones, sobre todo en cuanto a riesgo crediticio por la compra de cartera de una sociedad no supervisada, cuyos prestatarios no constituyen clientes de la intermediaria representa un factor de mayor riesgo para ésta última Para acceder a los documentos en estudio, los interesados deben ingresar al espacio “Proyecto de normativas” de la Supierintendencia de Bancos (www.bcp.gov.py).