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Dos informes de Contraloría General de la República (CGR) del 2008 y 2012 sobre la gestión de espacios públicos de Asunción, coinciden en recalcar “que el estado de los parques es una de las tareas en que una sociedad civil organizada debería embarcarse”. Los informes se basan en las facultades otorgadas por la Constitución Nacional y la Ley Nº 276/94 “Orgánica y Funcional de la Contraloría General de la República” para la realización de auditorías, y en virtud a la Resolución CGR Nº 931/12 “Por la cual se dispone la realización de un examen especial a la Municipalidad de Asunción, con relación al manejo de los espacios verdes de uso público de la ciudad de asunción”.
En las conclusiones, los auditores concluyen que; “la gestión de la Municipalidad de Asunción ha sido irregular, en cuanto a su desempeño en dar cumplimiento a los compromisos, responsabilidades funciones y atribuciones asignadas en el cuerpo legal analizado y otros vinculantes, afectando el estado de los espacios verdes en Asunción, y que la preparación de la información y documentación analizada es responsabilidad de la entidad auditada, y el de la CGR consiste en producir un informe, en el cual se exprese una opinión sobre la gestión y el acatamiento de las disposiciones legales, así como sobre la efectividad del sistema de control interno”.
Observación Nº 22
La Observación N° 22 destaca que la Municipalidad de Asunción, ya no habría cumplido con las recomendaciones realizadas por la CGR en el 2008, en el marco de la Resolución CGR Nº 1110/08, cuyo texto es similar lo dispuesto en el examen que autoriza en la resolución mencionada precedentemente (CGR N° 931/12), y que conforme a esa auditoría “se ha evidenciado las mismas falencias que fueran encontradas en la auditoría realizada en el 2009, que se resume a continuación:
La Municipalidad debe considerar en el planeamiento de su territorio un plan de conservación y de acrecentamiento de las áreas verdes, de modo a conservar y a aumentar la calidad y cantidad de los mismas, y de este modo prever que las mismas tengan que absorber en mayor medida la carga de necesidades sociales y sus impactos. Asimismo considerar en el mismo, la conservación, cuidado, protección y aumento de las unidades arbóreas en la ciudad de Asunción.
Para el cuidado, protección y conservación de los espacios verdes, el ente debe implementar campañas de educación que informen acerca de las reglamentaciones y cuidados al respecto, para una mayor difusión y conocimiento de los usuarios de las áreas verdes de la ciudad.
Teniendo en cuenta la situación verificada de aumento de los hechos vandálicos, es necesario que la Municipalidad, a través de las dependencias competentes y/o con ayuda de otros entes, refuerce las acciones de seguridad en los espacios verdes de uso público y establecer medidas punitivas a los infractores.
También debe considerar en sus gestiones, una mayor apertura y trabajo en equipo con los vecinos [en especial del Barrio Trinidad], que facilite el trabajo por un mismo objetivo, que es el cuidado de las plazas, y con las dependencias competentes genere acciones compartidas y de responsabilidad con los usuarios, que los motive a ser los cuidadores y protectores de su espacio, e incentive la participación y el empoderamiento de la comunidad en nuevos espacios participativos reconocidos, que afiancen la tarea de protección de los espacios verdes”.
Acorde a estos preceptos constituye un verdadero contrasentido que la Junta Municipal de Asunción (JMA), haya “aprobado” la destrucción de 2.6 Has. del Jardín Botánico y Zoológico de Asunción (JBZA), para la construcción del mega viaducto, contraviniendo recomendaciones de Contraloría.
Recomendaciones generales
En las recomendaciones generales sobre el “cuidado de los espacios verdes” la CGR hace saber “que la Municipalidad de Asunción, en su rol de entidad pública, deberá asumir un compromiso firme de realizar una gestión eficiente en las presentes y futuras acciones, reforzando su sistema de control interno para evitar falencias y retrasos en los procedimientos de manera a detectar en tiempo y forma las irregularidades, logrando poder subsanarlas dentro de plazos razonables, a fin de minimizar la ocurrencia de hechos irregulares, como los enunciados en este informe”. Incluso otorgaba un plazo para presentar a este Organismo de Control Superior, un plan de mejoramiento de gestión, basado en las causas que originaron los hallazgos, conclusiones y recomendaciones descriptos en este informe”, se lee.
Por último le recuerda al ente (municipalidad de Asunción), que conforme al Art. 16 de la Ley Nº 276/94 “Orgánica y Funcional de la Contraloría General de la República”, “sus conclusiones, recomendaciones y dictámenes serán de cumplimiento obligatorio para todos los organismos sujetos a su control. Es nuestro Informe”, concluyen los informes de la CGR.
ccaceres@abc.com.py