Amparo a favor de Sedeco

El juez Helmut Fortlage, del Juzgado del 16º turno en lo Civil y Comercial, ratificó el amparo promovido por la Secretaría de Defensa del Consumidor y del Usuario (Sedeco), haciendo lugar a la medida y, en consecuencia, ordena a las fraccionadoras Copesa Gas y Petrobras no impedir la recarga de gas en garrafas de uso doméstico, en perjuicio de los consumidores finales.

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Con esta resolución judicial, cualquier consumidor que tenga garrafas de estos emblemas podrá recargar gas licuado de petróleo en la fraccionadora que desee, incluyendo las bocas de expendio de Petropar, haciendo valer su derecho de “libre elección” de acceder a un producto más barato, según Sedeco.

La acción de Amparo Constitucional fue presentado el 17 de noviembre pasado por la citada secretaría, ante el conocimiento cierto de que se estaba intentando cercenar e impedir el “derecho inalienable” de la libre elección, conforme a atribuciones concedidas por el Art. 43º, de la Ley 1334/98, “de defensa del consumidor”, y ante la violación de los artículos 2º y 6º de la normativa.

Las citadas fraccionadoras exigieron al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) “intimar” a Petropar a que deje de recargar o rellenar GLP destinados al doméstico, en garrafas que cuentan con el logo de sus empresas fraccionadoras de gas, por la supuesta violación de la ley marcaria.

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