Régimen de Maquila: cámara solicita modificar proyecto del gobierno porque genera inseguridad jurídica para las inversiones

La Cámara de Empresas Maquiladoras del Paraguay (Cemap) solicitó al Congreso la modificación del proyecto de reforma de la ley de maquila presentado por el gobierno, argumentando que varios artículos abren las puertas a una discrecionalidad administrativa, generan inseguridad jurídica para las inversiones y vulneran principios constitucionales.

El 90% de las empresas con programa de maquila se encuentra en  Alto Paraná, Central, Capital y Amambay.
El 90% de las empresas con programa de maquila se encuentra en Alto Paraná, Central, Capital y Amambay.Archivo, ABC Color

El “Nuevo Régimen de Maquila” forma parte del paquete de 10 proyectos de ley, que el gobierno del presidente Santiago Peña (ANR-HC) puso a consideración del Congreso el pasado 24 de julio.

La reforma, según el mensaje de Peña, responde a la necesidad de “aggiornamiento” del régimen de maquila para que siga cumpliendo su rol como vector del desarrollo y, agrega, que no se limita a una simple actualización normativa, sino que redefine los principios, objetivos y mecanismos del régimen.

El referido proyecto de ley, al igual que los proyectos “Que establece el nuevo régimen de incentivos fiscales para la inversión nacional y extranjera; y el “Que establece la Política Nacional para la Producción y el Ensamblaje de Equipos Eléctricos, Electrónicos, Electromecánicos y Digitales” fueron analizados en la última reunión de la Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo de la Cámara de Senadores.

La reunión se realizó el último lunes 11 y de la misma participaron los ministros: de Industria y Comercio, Javier Giménez; de Economía y Finanzas, Carlos Fernández Valdovinos; así como también representantes de los gremios empresariales.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

En ese contexto, la presidenta de la Cámara de Empresas Maquiladoras del Paraguay (Cemap), Karina Daher, puso en contexto primeramente la importancia del régimen de maquila para el país: hoy se exporta 24 rubros diferentes a más de 26 países, cuenta con 35.000 empleos directos y sumados a los indirectos llegan a 100.000.

Luego cedió la palabra a Aldo Benítez, también representante de la Cemap, para exponer la posición del gremio sobre el proyecto de ley del gobierno y plantear una serie de modificaciones.

Modificaciones planteadas

Benítez sostuvo que las propuestas deben ser tenidas en cuenta en el análisis del proyecto de ley, antes de su aprobación, porque son temas sensibles que podrían llevar el régimen a un rumbo totalmente diferente a lo que viene transitando desde hace 28 años.

Las modificaciones planteadas, entre otros, empieza por la misma denominación del proyecto, piden que sea ley que amplía, actualiza y moderniza la ley de la industria maquiladora de exportación.

Sobre el articulo 1°, solicitan mantener la ley vigente íntegramente porque brinda desde hace más de 25 años un marco claro, universal y previsible para el régimen de maquila, garantizando igualdad de condiciones y evitando interpretaciones discrecionales,

Refirió que los nuevos artículos 1 y 2 del proyecto de ley introduce finalidades amplias y conceptos como sectores estratégicos, definidos posteriormente por reglamentación, lo que abre la puerta a una discrecionalidad administrativa, inseguridad jurídica y posibles conflictos con tratados internacionales, además de debilitar la identidad consolidada del régimen.

A criterio de la cámara, esto reduciría la competitividad de Paraguay frente a otros países que mantienen regímenes abiertos, pudiendo excluir proyectos legítimos y productivos, afectando la atracción de inversiones.

Insistió en que manteniendo la redacción actual se preserva la neutralidad sectorial, la certeza jurídica y la confianza del inversionista, elementos que son claves para sostener el éxito y la reputación internacional.

Evolución de las exportaciones de maquila en los últimos años.
Evolución de las exportaciones de maquila en los últimos años.

Perdería simplicidad, rapidez y previsibilidad

En cuanto al artículo 5°, se sugiere suprimir porque el régimen perdería la simplicidad, la rapidez y previsibilidad en la aprobación de los programas, que son la principal fortaleza de la maquila.

Benítez sostuvo que la propuesta de modificación introduce una burocracia innecesaria, evaluaciones subjetivas y requisitos no definidos en la ley, lo que rompe la simplicidad, la rapidez y la previsibilidad que caracterizan al régimen.

“Al condicionar la aprobación de programa a criterios tradicionales y cambiantes, se abre la puerta a esta discrecionalidad mencionada, generando inseguridad jurídica, reduciendo la competitividad de Paraguay frente a otros países que ofrecen regímenes más ágil y abierto”, indicó.

Expresó que los cambios duplican funciones ya cubiertos por normas reglamentarias, añaden trámites sin valor agregado y fijan plazos condicionados que dificultan la planificación de inversionistas.

Consejo con facultades amplias

Con relación al artículo 12, piden suprimir porque rompe con la referida simplicidad y previsibilidad del régimen, otorgando al Consejo Nacional de Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME) facultades amplias para imponer requisitos no definidos en la ley y sujetos a cambios según reglamentación o de la política del gobierno de turno.

“Esto introduce discrecionalidad e inseguridad jurídica. lo que desalienta la inversión extranjera y nacional al no garantizar condiciones claras y estables para acceder al régimen”, explicó Benítez.

Cemap también propone suprimir la duración máxima porque no aporta nada y reformular la potestad disciplinaria que se le otorga al CNIME que hoy no posee, lo que afectaría negativamente al régimen ya que concentra en un órgano administrativo funciones de supervisión, juzgamiento y sanción que corresponden a entes fiscalizadores especializados, como la DNIT y Aduanas, vulnerando principios constitucionales de separación de poderes, competencia legal y debido proceso.

En ese mismo sentido, plantea suprimir el artículo 31, porque su redacción genérica abre margen para la discrecionalidad administrativa y al no definirse con precisión cada infracción podría violar principios constitucionales, por citar algunos de los cuestionamientos realizados en la reunión de la comisión del Senado.

Enlace copiado