La cartera de Economía y Finanzas emitió este lunes un comunicado en el que anuncia la vigencia de la nueva ley y realiza ciertas consideraciones sobre su alcance, la autoridad de aplicación, las carreras especiales y la reglamentación, entre otros puntos.
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“En el marco de la próxima entrada en vigencia de la Ley N.º 7445/2025 “De la Función Pública y del Servicio Civil“, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en carácter de autoridad de aplicación en materia de Función Pública y del Servicio Civil para el ámbito del Poder Ejecutivo, con el objetivo de garantizar claridad y seguridad jurídica en el proceso de implementación de la Ley, realiza las siguientes consideraciones”, indica el comunicado.

Las consideraciones del MEF son las siguientes:
*La ley entrará en vigencia el miércoles 16 de julio de 2025, según lo establece su artículo 146.
*La ley abarca a todas las instituciones públicas y establece como autoridad de aplicación a aquellas que poseen autonomía conforme a la Constitución Nacional, como el Poder Legislativo, Poder Judicial, Universidades Nacionales y Municipalidades, entre otras.
*Cada autoridad de aplicación deberá reglamentar la Ley en su respectivo ámbito de competencia.
*Así también, reconoce la vigencia de las carreras especiales, como la judicial, la diplomática y consultar, la docente en todos sus niveles, policías, militares, la carrera de blanco y otras, que se regirán por sus propias normas.
*Para las instituciones que integran el ámbito del Poder Ejecutivo, la reglamentación está siendo elaborada por el MEF a través del Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional.
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*La entrada en vigencia de esta ley no tiene efecto retroactivo sobre los procesos de ingreso a la Función Pública realizados bajo las normativas de la Ley N.º 200/1970 o Ley N.º 1626/2000.
*La reglamentación establecerá los lineamientos de implementación para los diferentes aspectos de la Ley. Esto incluye, entre otros, los procesos de concursos públicos, ingresos y promociones de funcionarios públicos, régimen del empleado público (contratados), traslados temporales (comisionamientos) y definitivos.
“El MEF reafirma su compromiso con la construcción de una Función Pública eficiente, en estricto apego a los principios de legalidad y respeto a los derechos de los servidores públicos”, añade.