El titular de la Contraloría General de la República (CGR), Camilo Benítez, finalmente se refirió ayer a la inacción del organismo ante los reiterados incumplimientos de la firma catarí Doha Holding Group LLC, vinculada al hijo del presidente de la Conmebol, Alejandro Domínguez Pérez. La empresa sigue sin entregar una sola gota de gasoil a Petróleos Paraguayos (Petropar), pese a que ya le otorgaron seis prórrogas.
El diputado Mauricio Espínola, quien denunció el caso hace cinco meses ante la CGR, cuestionó duramente el silencio del ente, al que calificó de “cómplice”, ya que hasta el momento no ha concluido la revisión documental preliminar que debía derivar en la apertura de una Fiscalización Especial Inmediata (FEI).
Benítez confirmó que la revisión documental del cuestionado contrato sigue en curso y justificó la demora alegando la falta de informes clave.
“Hemos solicitado documentos, pero aún no pudimos concluir. Faltan informes de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), y una vez que los tengamos, emitiremos un dictamen concluyente sobre el caso”, señaló.
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Ignoró indicios de direccionamiento y prórrogas que violarían la ley
Consultado sobre si analizarán un posible direccionamiento en la adjudicación, dado que la firma fue beneficiada en tiempo récord con la excusa de una compra “urgente”, y sin evaluar su capacidad técnica ni financiera —como exige la ley—, el contralor minimizó el hecho, destacando que el Estado aún no realizó pagos.
Tampoco mencionó si revisarán el principal cuestionamiento: las seis prórrogas del contrato firmadas con la empresa, sin un cronograma de entrega definido, en aparente violación a la Ley Nº 7021/22, que regula las contrataciones públicas.
“Como Petropar aún no incurrió en ningún pago, a nuestro criterio, todavía no es tan alarmante como para exigir el cobro de una multa”, dijo Benítez.
La multa a la que se refiere el contralor es la garantía de fiel cumplimiento, por US$ 3.050.000, que la firma catarí presentó mediante declaración jurada firmada por Khalifa Hamad Al-Thani, es decir, no presentó una póliza o una garantía bancaria, hecho que tampoco parece llamar la atención del contralor.
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Benítez indicó que la prioridad de la CGR será verificar el cumplimiento del contrato, más que investigar el posible direccionamiento. “Mientras el precio ofertado sea competitivo, no hay una falta grave. Lo fundamental es que si la empresa no entrega el combustible, deberá pagar una multa”, afirmó.
“Incluso sin haber concluido el informe, la empresa tendrá que pagar la multa si no cumple, indefectiblemente”, aseguró.
Lo que dijo sobre las prórrogas
Respecto a las reiteradas extensiones del plazo contractual, que ya suman seis, Benítez mencionó que Petropar justificó las prórrogas argumentando que el precio ofertado era muy inferior al habitual en el mercado.
“Se hizo un proceso de compra que tenía un plazo y entiendo que ese plazo fue prorrogado varias veces por parte de Petropar, alegando de que el precio que oferta esta empresa es mucho más bajo que el precio que normalmente ellos compran. Por eso se justifican las sucesivas prórrogas y según lo que refiere Petropar, no incurrió ningún gasto con relación a esto, es decir, el Estado paraguayo no ha pagado nada”, expresó.
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Por último, Benítez reiteró que se aguardan los informes técnicos para cerrar el análisis del caso: “No queremos emitir una preopinión. Pero si la empresa no entrega el producto, deberá abonar la multa conforme al pliego de bases y condiciones”.
Lo cierto es que el contrato rubricado con Doha Holding el 30 de setiembre del año pasado venció el 30 de noviembre de 2024, y los plazos de entrega estaban estipulados entre octubre y noviembre del mismo año.
Se trataba de una compra “urgente por oportunidad”, pero el contrato ha sido prorrogado sucesivamente: primero hasta el 31 de diciembre, luego hasta el 31 de enero, el 28 de febrero, el 31 de marzo, y finalmente el 30 de abril. Según la estatal, la última prórroga, la sexta, extiende el contrato hasta finales de mayo, aunque sin precisar la fecha.
Según el artículo 67 de la Ley 7021, el plazo contractual solo puede extenderse hasta un 20% en caso de circunstancias imprevisibles, sin otorgar ventajas indebidas al proveedor. Petropar habría incumplido esta disposición al firmar sucesivas prórrogas sin fechas de entrega definidas.