El ministro fue consultado sobre este tema debido a que está en discusión en estos momentos el cálculo para el nuevo reajuste que se debe realizar al SML que deberá determinar el Consejo de Salarios Mínimos.
Considerando que la Ley actual consigna que el SM debe ser revisado anualmente por el IPC general, Fernández Valdovinos insistió que estos es un problema de la Ley misma que está redactada de esa manera. Sin embargo, insistió que no es un cálculo que refleja la realidad del impacto que sufre el trabajador que gana el salario mínimo.
Explicó que el IPC es una medida que el Banco Central del Paraguay (BCP) determina para los fines de su política monetaria y para medir la inflación general, por lo que a su entender, no corresponde que sea considerado para ajustar el SM, ya que el IPC considera a todos los niveles de ingresos.
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Reajuste no refleja la realidad

Añadió que para que el reajuste sea más justo y refleje la realidad del trabajador que percibe salario mínimo se debe calcular sobre una canasta más específica para trabajadores con ingresos menores.
Al respecto mencionó que la inflación general en promedio está en 4%, mientras que los alimentos subieron en promedio 15%, lo que genera una gran diferencia para estos trabajadores que destinan gran parte de su salario para adquirir estos bienes. Entonces su poder adquisitivo se ve mermado más de lo que aumenta sus ingresos. Actualmente, el salario mínimo es de G. 2.798.309 y el ajuste por IPC general estaría en torno al 4% (cerca de G. 112.000)
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Primeras acciones
Entre las primeras acciones, indicó que es preciso contar con los datos. En ese sentido detalló que este año el Banco Central iniciará las bases para ajustar el IPC y que a la par, se pidió que se discrimine una canasta para personas que perciban ingresos hasta dos salarios mínimos. Luego de contar con esta información se debatirán las acciones entre los participantes: Gobierno, trabajadores y empleadores para evaluar si se realizarán estos cambios, que requerirán necesariamente de una modificación legal.