A través del Decreto N.º 3813, del 25 de abril, la Presidencia de la República estableció los lineamientos generales para la programación, formulación y presentación ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de los anteproyectos de presupuestos institucionales para el ejercicio fiscal 2026.
La referida normativa, en el capítulo destinado a “Servicios No Personales, Bienes de Consumo y Racionalización del Gasto”, dispone la asignación mínima de haberes jubilatorios de la Caja Fiscal, los beneficios para el sector no contributivo y la previsión de fondos para atender el crecimiento vegetativo.
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En lo que respecta a la Caja Fiscal, explica que en el ejercicio 2026 la asignación mínima de los haberes jubilatorios no serán menores al 40% del salario mínimo, tal como se estableció para el presente año.

Lo que establece el presupuesto 2025
La Ley N.º 7408/2024, de Presupuesto General de la Nación (PGN) 2025, fija en 40% del salario mínimo legal vigente la asignación mínima de los haberes jubilatorios que correspondan a los jubilados del sector de la administración pública.
El salario mínimo vigente equivale a G. 2.798.309 mensuales, lo que implica que el haber mínimo jubilatorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones es de G. 1.119.323.
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El Congreso, en el 2013, aprobó un proyecto de ley que aumentó a 50% los haberes mínimos que deben ser pagados por la Caja Fiscal, pero el Ejecutivo la vetó, argumentando que incrementaría el déficit de la entidad previsional del sector público.
La Caja de Jubilaciones, según el último informe al cierre del primer trimestre del presente ejercicio 2025, acumula un déficit del 43%, lo que representa G. 607.666 millones (US$76,1 millones al cambio vigente).

Asignación para sector no contributivo
También se dispone en el decreto de lineamientos para los anteproyectos de presupuesto 2026, que la asignación a los beneficiarios del sector no contributivo será sobre la base de las disposiciones legales que otorgan dichos beneficios.
En este grupo de no contributivos, se incluye a los veteranos de la Guerra del Chaco, sus herederos y las pensiones graciables.
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Los veteranos cobran en concepto de pensión el equivalente a 24 jornales mínimo, que hoy representa G. 2.583.048 mensuales; y en concepto de subsidio, el equivalente a 56 jornales mínimos, que actualmente representa G. 6.027.112 mensuales.
El decreto del Ejecutivo, igualmente, indica que se deberá prever los recursos financieros necesarios para financiar los pagos por jubilaciones y pensiones, los aumentos estimados por crecimiento vegetativo, que serán otorgados junto con los demás gastos, tales como haberes atrasados en el ejercicio fiscal 2025.