PGN 2026: se mantiene subsidio familiar y seguro vip

El Decreto N.º 3813 de la Presidencia de la República, que establece los lineamientos generales para el proceso de elaboración de los anteproyectos institucionales 2026, mantiene en sus niveles actuales el monto que debe abonarse al personal público en concepto de subsidio familiar y subsidio para la salud.

Presupuesto General
Decreto N° 3813 da inicio al proceso de elaboración del proyecto de Presupuesto General de la Nación 2026.Gentileza

Los lineamientos generales constituyen el marco de referencia para la elaboración del proyecto de Presupuesto General de la Nación (PGN) correspondiente al ejercicio fiscal 2026, así como para la programación del presupuesto plurianual 2026-2028, de acuerdo con el referido decreto.

El decreto mantiene para el próximo año los niveles actuales del monto que será abonado al personal público en concepto de subsidio familiar y subsidio para la salud.

Según se establece, las entidades públicas deberán prever como subsidio familiar G. 35.000 mensuales por cada hijo menor de 18 años, de los funcionarios o empleados de la administración central y de las entidades descentralizadas, hasta un máximo de tres hijos, que perciban hasta el salario mínimo legal vigente.

También en carácter de subsidio familiar, hasta un salario mínimo (G. 2.798.309 actualmente) para los pagos ocasionales en concepto de subsidios o subvenciones por: nacimiento, defunción, escolaridad de hijos desde el jardín hasta que finalice el tercer año de la media y la ayuda para alimentación.

El subsidio por escolaridad de los hijos se abona, generalmente, en el mes de febrero de cada año, en coincidencia con el inicio del año escolar y luego la ayuda para alimentación, beneficios considerados por la ciudadanía como un privilegio que se otorga en la función pública.

Deudas
Las entidades públicas podrán incluir en sus anteproyectos de presupuesto subsidio familiar hasta un salario mínimo (G. 2.798.309 actualmente) para pago de subsidios o subvenciones.

Subsidio para la salud y seguro vip

En cuanto a subsidio para la salud, la normativa dispone que no podrá ser inferior a la suma de G. 300.000 y que en ningún caso podrá superar G. 500.000 mensuales por cada funcionario o empleado dependiente de la administración central y de las entidades descentralizadas, cuyos empleados y obreros no tengan cobertura de seguro médico por el IPS o régimen especial establecido por ley.

Con respecto al servicio de medicina prepaga y de salud, incluyendo el monto correspondiente al seguro odontológico, el decreto establece que no podrá superar la suma de G. 1.000.000 por funcionario.

El denominado seguro vip es otro de los beneficios cuestionados por la ciudadanía, porque la mayoría debe acudir a los hospitales públicos para ser atendidos y donde no consiguen siquiera medicamentos esenciales.

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