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La DNIT había emitido un recordatorio para indicar que está habilitado el periodo de recepción de nóminas salariales de empresas e instituciones del Estado, que en el mes de febrero de cada año están obligadas a informar de acuerdo al calendario de vencimiento de las declaraciones juradas informativas.
Están obligados a informar en el mes de febrero a la administración tributaria:
a) Los organismos de la administración central, las entidades descentralizadas, empresas públicas y de economía mixta, municipalidades, gobernaciones y demás entidades del sector público.
b) Los contribuyentes clasificados como grandes y medianos.
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El informe debe incluir el monto de la remuneración bruta y el aguinaldo legal abonado al personal a su cargo, sean dependientes o independientes, datos que le permitirá al fisco verificar quienes están alcanzados por el IRP en la categoría de rentas por servicios personales en base a sus ingresos del ejercicio 2024.
“Con estos reportes, la DNIT corrobora las ganancias obtenidas por los empleados y si detecta personas que no se han inscripto pese a ya encontrarse obligadas, procede a la inscripción de oficio de las mismas”, indica el recordatorio del organismo de control.
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La Ley N° 6380/19 de modernización y simplificación del sistema tributario nacional, establece que serán contribuyentes del IRP todas aquellas personas físicas cuyos ingresos brutos gravados sean superior a G. 80 millones, excluido el aguinaldo, aportes jubilatorios o seguridad social.
Las personas alcanzadas el año pasado por el referido impuesto deberán inscribirse como contribuyentes o realizar la actualización de sus datos a través del sistema Marangatú, dentro de los 30 días hábiles posteriores, según habían explicado desde la DNIT.
Cantidad de contribuyentes del IRP
Los últimos datos de la administración tributaria señalan que en el impuesto a la renta personal se tiene registrado actualmente 286.639 contribuyentes en todo el país.
El plazo para la presentación de las declaraciones juradas y pago del IRP correspondiente al ejercicio 2024 vence el próximo mes de marzo, de acuerdo con el calendario perpetuo de vencimientos establecido según la terminación del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
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La ley establece una tasa progresiva para el IRP de 8%, 9% y 10%, respectivamente, que se aplicará sobre una escala de renta neta que va desde G. 50 millones hasta a más de 150 millones; mientras que para las rentas o ganancias de capital la tasa es del 8%.